Resolución de Gerencia General N.° GG_2022051

26 de julio de 2022

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la intervención económica en el marco del Contrato N° 016-2021-FONDEPES« para la ejecución del saldo de obra denominada: “Mejoramiento de los servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de San Juan de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nazca, región Ica”, por haberse configurado la causal referida a que «el monto de Ia valorización acumulada ejecutada es menor al ochenta por ciento (80%) del monto acumulado programado del nuevo calendario acelerado de avance de obra, conforme al numeral 203.5 del artículo 203 del Reglamento, siempre que Ia Entidad considere que es más favorable técnica y económicamente la intervención económica de Ia obra en vez de la resolución del contrato», prevista en el literal b) del numeral 7.1.1. del artículo VII de la Directiva N° 013-2019-OSCE/CD, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Informe N° 005-2022-FONDEPES/DIGENIPAA/UFI/JLOMy el Informe Nº 130-2022-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.

Artículo 2.- Designar como Interventor de la Obra al Ing. Víctor Alfonso Llacas Domínguez, quién en representación del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, será el responsable del manejo de la cuenta corriente mancomunada, conjuntamente con el representante designado por el contratista, conforme a las disposiciones de la Directiva Nº 013-2019-OSCE/CD.

Artículo 3°.- Establecer que el saldo de obra a ejecutar asciende a la suma de S/ 4, 664,378.51 (Cuatro millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y ocho con 51/00 soles) incluido IGV y, que las valorizaciones aprobadas pendientes de pago ascienden a la suma de S/. 981,276.87 (Novecientos ochenta y un mil doscientos setenta y seis con 87/100 Soles), de conformidad con los fundamentos contenidos en el Informe N° 005-2022-FONDEPES/DIGENIPAA/UFI/JLOMy el Informe Nº 130-2022-FONDEPES/OGAJ.

Artículo 4.- Notificar al contratista CONSORCIO PORTUARIO MARCONA, conformado por las empresas: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y VÍAS AMM S.A.A con RUC N° 20605544674, CONSTRUCTORA METILA E.I.R.L con RUC N° 20407764430 y R&S ASOCIADOS S.R.L con RUC N° 20360672418 y, al ingeniero Richard Kris Quispe Zárate, encargado de la supervisión de la referida obra.

Artículo 5°.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
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