Resolución de Gerencia General N.° GG_2022006
1 de febrero de 2022
Artículo 1º.-Declarar procedente la solicitud de defensa legal presentada por el señor Raúl Antonio Mora Guillén en mérito a la Disposición N° 01 de fecha 12 de octubre de 2021, correspondiente al Caso N° 506015506-2021-304-0, a través de la cual la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima – Sexto Despacho, dispuso el inicio de las diligencias preliminares contra el recurrente, en su calidad de ex Coordinador del Área de Obras, Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola – DIGENIPAA, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en las modalidades de colusión agravada y negociación incompatible en agravio del Estado; tramitado por la ejecución de los IOARR por reposición para los Centros de Entrenamiento PesqueroPucusana, Ilo y Paita, a pesar de no contar con sustento por parte de las áreas usuarias finales, conforme a lo señalado en laNota N° 039-2022-FONDEPES/UFRH y en el Informe Nº 025-2022-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Artículo 2º.-Notificar la presente Resolución y sus anexos al señor Raúl Antonio Mora Guillén.
Artículo 3º.-Remitir copia de la presente Resolución, así como del expediente generado con la documentación adjuntada, a la Oficina General de Administración para que adopte las acciones administrativas que correspondan, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 4º.-Remitir copia de la presente Resolución y sus anexos a la Procuraduría Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero para que según sus competencias tome acción, en caso se tuviera que hacer valer el compromiso de reembolso y de devolución de costos y costas a que hubiere lugar conforme al numeral 6.3 de la Directiva Nº 004-2015-SERVIR/GPGSC «Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles», aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 284-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 185-2016-SERVIR-PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 103-2017-SERVIR-PE.
Artículo 5º.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad.
Artículo 2º.-Notificar la presente Resolución y sus anexos al señor Raúl Antonio Mora Guillén.
Artículo 3º.-Remitir copia de la presente Resolución, así como del expediente generado con la documentación adjuntada, a la Oficina General de Administración para que adopte las acciones administrativas que correspondan, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 4º.-Remitir copia de la presente Resolución y sus anexos a la Procuraduría Pública del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero para que según sus competencias tome acción, en caso se tuviera que hacer valer el compromiso de reembolso y de devolución de costos y costas a que hubiere lugar conforme al numeral 6.3 de la Directiva Nº 004-2015-SERVIR/GPGSC «Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles», aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 284-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 185-2016-SERVIR-PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 103-2017-SERVIR-PE.
Artículo 5º.-Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad.