Resolución Jefatural N.° J_2021038
16 de julio de 2021
Artículo 1º.- Declarar, a partir de la suscripción de la presente Resolución Jefatural, el Inicio de las Acciones de Depuración y Sinceramiento Contable del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.
Artículo 2º.- Designar, por un periodo de dos (02) años, a la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, la cual está integrada por los siguientes miembros: - El/la Jefe/a de la Oficina General de Administración, en calidad de Presidente. - El/la Director/a General de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola (DIGENIPAA), en calidad de miembro. - El/la Director/a General de la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola (DIGEPROFIN), en calidad de miembro. - El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Gestión Financiera de la Oficina General de Administración (UFGF), en calidad de miembro. - El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento de la Oficina General de Administración (UFA), en calidad de miembro.
Artículo 3º.- El Órgano de Control Institucional del FONDEPES actuará en calidad de veedor de la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 6.1 de la Directiva N° 003-2021-EF/51.01, «Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos», aprobada mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01.
Artículo 4º.- El objeto de la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable antes designada consiste en determinar la existencia real y sincerar los saldos de activos y pasivos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, a fin de brindar mayor transparencia a la rendición de cuentas y contribuir con la toma de decisiones, en el marco del proceso gradual de implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público.
Artículo 5º.- La Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable deberá cumplir con las funciones y responsabilidades establecidas en los numerales 6.2.1 y 6.3 de la Directiva N° 003-2021-EF/51.01, «Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos», aprobada mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01.
Artículo 6º.- Notificar la presente Resolución Jefatural a los integrantes de la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, así como al Órgano de Control Institucional del FONDEPES, para su conocimiento y fines.
Artículo 7º.- Disponer que la Oficina General de Administración remita copia de la presente Resolución Jefatural a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a los requisitos señalados en el «Instructivo para la Declaración del Inicio y Conformación de las Comisiones de Depuración y Sinceramiento Contable para las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos», aprobado mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01.