Resolución de Gerencia General N.° GG_2021028
27 de abril de 2021
Artículo 1.- Aprobar la intervención económica de la obra «Mejoramiento y ampliación de los servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Cabo Blanco, distrito de El Alto, provincia de Talara, región Piura», a cargo del Contratista ejecutor AHREN CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., en el marco del Contrato n.° 091-2019-FONDEPES, por haberse configurado la causal «Si el monto de la valorización acumulada ejecutada es menor al ochenta por ciento (80%) del monto acumulado programado del nuevo calendario acelerado de avance de obra, conforme al numeral 203.5 del artículo 203 del Reglamento, siempre que la Entidad considere que es más favorable técnica y económicamente la intervención económica de la obra en vez de la resolución del contrato», establecida en el literal b) del numeral 7.1.1 de la Directiva N° 013-2019-OSCE/CD, Intervención económica de la obra, aprobada mediante Resolución N° 183-2019-OSCE/PRE, de acuerdo a los fundamentos contenidos en el Informe N° 63-2021/FONDEPES/DIGENIPAA/UFEP/VHL, la Nota N° 754-2021- FONDEPES/UFEP y los Memorandos N° 1282-2021-FONDEPES/DIGENIPAA y N°1363- 2021-FONDEPES/DIGENIPAA, así como el Informe Nº 166-2021-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Artículo 2.- Designar como interventor de la Obra «Mejoramiento y ampliación de los servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Cabo Blanco, distrito de El Alto, provincia de Talara, región Piura», al ingeniero Norberto Piero Cortez Heredia, con Documento Nacional de Identidad N° 21532032, quien en representación de Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, será el responsable del manejo de la cuenta corriente mancomunada, conjuntamente con el representante designado por el contratista, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 013-2019-OSCE/CD.
Artículo 3.- Establecer que el saldo de obra por ejecutar asciende a la suma de S/ 5 121 234,38 (Cinco Millones ciento veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 38/100 Soles) y que las valorizaciones aprobadas pendientes de pago ascienden a la suma de S/ 224 730,99 (Doscientos veinticuatro mil setecientos treinta con 99/100 Soles), incluido IGV, conforme a los fundamentos expuestos en la Nota N° 754-2021- FONDEPES/UFEP, el Informe N° 63-2021/FONDEPES/DIGENIPAA/UFEP/VHL y los Memorandos N° 1282-2021-FONDEPES/DIGENIPAA y N°1363-2021- FONDEPES/DIGENIPAA, así como el Informe Nº 166-2021-FONDEPES/OGAJ.
Artículo 4.- Notificar al Contratista AHREN CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., encargado de la ejecución de la obra indicada en el artículo 1 de la presente Resolución y a la empresa Kazuki Consultoría y Construcción S.A.C., encargada de la supervisión de la referida Obra. La presente Resolución debe notificarse al contratista en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles siguientes a su emisión, y el contratista cuenta con el plazo de tres (3) días hábiles para aceptar o rechazar la intervención.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de Administración gestionar la suscripción de una adenda al Contrato N° 091-2019-FONDEPES, la que deberá contener las condiciones generadas para las partes a partir de la entrada en