Resolución de Presidencia N.° 106-2009-J

7 de julio de 2009

Aprobar la Directiva para la implementación del Sistema de Control Interno del FONDEPES.

Conformar el Comité de Control Interno del FONDEPES, el cual tendrá a su cargo la elaboración del Sistema de Control Interno - SCI de la entidad, conforme a lo dispuesto en la Guía para la implementación del Sistema de Control Interno, aprobada por Resolución de Contraloría General Nº 458-2008-CG y en el Acta de Compromiso para la implementación del Sistema de Control Interno - SCI, suscrita por la Alta Dirección del FONDEPES.

  • El Director Ejecutivo, quien lo presidirá
  • Un representante de la Dirección de Inversiones
  • Un representante de la Dirección Técnica
  • Un representante de la Oficina de Planificación y Presupuesto
  • Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica
  • Un representante de la Oficina de Administración.

El Comité de Control Interno del FONDEPES, deberá reunirse las veces que considere necesario para el cumplimiento de sus funciones.

Cada miembro titular del Comité de Control Interno designará un suplente, quien podrá reemplazarlo en las sesiones del Comité en caso de ausencia temporal, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades del titular. Los miembros titulares y suplentes del Comité de Control Interno, tendrán voz y voto, debiendo firmar un Acta de cada sesión, aceptando con ello el cumplimiento de los compromisos contraídos.

El Comité de Control Interno del FONDEPES, tendrá como funciones fundamentales las siguientes:

  1. Monitorear el proceso de sensibilización y capacitación del personal de la entidad sobre Control Interno.
  2. Desarrollar el diagnóstico actual del Control Interno dentro de la entidad.
  3. Desarrollar el cuadro de necesidades propuesto dentro del diagnóstico de control interno.
  4. Proponer la estimación de los recursos necesarios para la implementación del cuadro de necesidades.
  5. Comunicar a todo el personal de la importancia de contar con un Sistema de Control Interno eficiente.
  6. Designar a un representante de cada área el cual se encargará de coordinar las actividades a realizar para l aiplementación del Sistema de Control Interno - SCI.
  7. Informar a la Alta Dirección sobre los avances realizados en materia de implementación del Sistema de Control Interno.
  8. Coordinar con todas las áreas de la entidad, aspectos pertinentes a la implementación del Sistema de Control Interno.
  9. Desarrollar formatos estandarizados que servirán de guía par cada una de las áreas de la entidad.
  10. Todas las demás funciones contenidas en la Guía para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolución de Contraloría General Nº 458-2008-CG.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencial 2009

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RJ_2009106

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