Resolución Jefatural N.° 011-2017-J

20 de febrero de 2017

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N°355-2016-FONDEPES/J, en el extremo que autoriza la ejecución de las obras en mar contenidas en el Expediente Técnico de la Prestación Adicional N°05 y su Deductivo Vinculado N°03 aprobado en el artículo 1° de la citada Resolución, por los fundamentos expuestos anteriormente, de acuerdo a los argumentos contenidos en el Informe N°004-2017-FONDEPES/DIGENIPAA/ipo e Informe N°087-2017-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Diferir la ejecución de las partidas de obras en mar detalladas en el Anexo 2 del Informe N°004-2017-FONDEPES/DIGENIPAA/ipo, las cuales forman parte del Expediente Técnico de la Prestación Adicional N°05 y su Deductivo Vinculado N°03 aprobado en el artículo 1° de la citada Resolución, las mismas que ascienden a S/. 215 050.61 (Doscientos quine mil cincuenta con 61/100 Soles), que equivale al 48.15% de la citada prestación adicional, hasta que la Entidad emita en su oportunidad la Resolución Jefatural que habilite a ello al superarse el hecho que impide su ejecución material.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2017

Vista preliminar de documento RJ_2017011

RJ_2017011

PDF
1.3 MB
Vista preliminar de documento resoluci_n_jefatural_n_011_2017_fondepes_j_anexo_20170221_173320

resoluci_n_jefatural_n_011_2017_fondepes_j_anexo_20170221_173320

PDF
8.7 MB