Resolución Jefatural N.° 072-2017-J

13 de octubre de 2017

Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional Nº 01 del Contrato Nº 014-2016-FONDEPES para la "Ejecución del Saldo de obras en tierras Mejoramiento y adecuación a la Norma Sanitaria de la Infraestructura Pesquera para consumo humano directo del Faro Matarani, distrito de Islay, provincia de Islay, región Arequipa", por el monto de S/.181 626.09 (Ciento ochenta y un mil seiscientos veintiseis con 09/100 Soles) incluido IGV, lo que representa un porcentaje de incidencia individual equivalente a 3.85% del contrato original, habiéndose generado a la fecha un nivel de incidencia acumulado de 3.85% del monto del contrato original, correspondiente a la obra en mención; cuyo nuevo monto contractual asciende a la suma de S/.4'900,125.52 (Cuatro millones novecientos mil ciento veinticinto con 52/100 Soles) incluido IGV, de acuerdo a los fundamentos contenidos en el Informe Nº 59-2017-FONDEPES/DIGENIPAA/AOEM/BHC y en el Informe Nº 887-2017-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.

Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional Nº 01, aprobados en el artículo 1º de la presente Resolución, debiendo el Contratista del Consorcio del Sur, ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento, como requisito para los pagos que correspondan a la prestación adicional, de corresponder, de conformidad con el artículo 175º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF.

Notificar la presente Resolución y sus anexos al Contratista, Consorcio del Sur y al Consorcio Supervisor SGL; remitiéndose copias a la Oficina General de Administración para que en coordinación con la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola ejecuten las acciones que permitan la suscripción de la adenda correspondiente al Contrato Nº 014-2016-FONDEPES.

Disponer que en el acto de notificación de la presente Resolución y sus anexos, al Contratista Consorcio del Sur, se le haga entrega del expediente técnico aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución.

Disponer que la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola bajo responsabilidad funcional, en el plazo de 30 días calendario, posteriores a la recepción de la presente, emita un Informe respecto de la existencia de responsabilidades por las presuntas deficiencias en la formulación y/o aprobación del expediente técnico la obra "Ejecución del Saldo de obras en tierras Mejoramiento y adecuación a la Norma Sanitaria de la Infraestructura Pesquera para consumo humano directo del Faro Matarani, distrito de Islay, provincia de Islay, región Arequipa", para que conjuntamente con los antecedentes, sea remitido a la Secretaría Técnica de las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario. En el supuesto que se determine la responsabilidad del proyectista que elaboró el mencionado expediente técnico, corresponderá a la DIGENIPAA determinar la existencia del daño o perjuicio generado al FONDEPES, así como su cuantificación monetaria, debiendo comunicarse dicha situación a la Procuraduría Pública para que adopte las acciones correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2017

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