Resolución Jefatural N.° 076-2017-J

27 de octubre de 2017

Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional Nº 01 del Contrato Nº 010-2017-FONDEPES/OGA para ele ejecución de la obra: "Ejecución de obra de tres (3) desembarcaderos pesqueros artesanales (DPAS) con los siguientes PIP viables: 67963,  278428 y 95832 Ejecución de la obra Mejoramiento de los Servicios del desembarcadero pesquero artesanal Cabo Blanco, distrito del Alto Talara", por el monto de S/. 2'258,055.44 (Dos millones doscientos cincuenta y ocho mil cincuenta y cinco con 44/100 Soles), incluido IGV, y su correspondiente Presupuesto Deductivo Vinculado Nº 01 ascendente a S/.2'457,647.95 (Dos millones cuatrocientos cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete con 95/100 Soles), incluido IGV, siendo que el resultado de la sustracción aritmética determina una disminución de S/.199,592.50 (Ciento noventa y nueve mil quinientos noventa y dos con 50/100 Soles) respecto del monto del contrato original, que representa un porcentaje de incidencia del -1.13% del presupuesto contratado; cuyo nuevo monto contractual asciende a la suma de S/.17'424,544.42 (Diecisiete millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y cuatro con 42/100 Soles), incluido IGV, de acuerdo a los fundamentos contenidos en el Informe Nº 187-2017-FONDEPES/DIGENIPAA/AOEM/RAMG y el Informe Nº 975-2017-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.

Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional Nº 01, aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución.

Notificar la presente Resolución y sus anexos al Contratista P.S.V. CONSTRUCTORES S.A. y al señor Mario Fuentes Peña; remitiendose copias a la Oficina General de Administración para que en coordinación con la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola ejecuten las acciones que permitan la suscripción de la adenda correspondiente al Contrato Nº 010-2017-FONDEPES/OGA.

Disponer que en el acto de notificación de la presente Resolución y sus anexos, al Contratista P.S.V. CONSTRUCTORES S.A., se le haga entrega del expediente técnico aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución.

Disponer que la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, bajo responsabilidad funcional, en el plazo de 30 días calendario, posteriores a la recepción de la presente, emita un informe respecto de la existencia de responsabilidades por las presuntas deficiencias en la formulación y/o aprobación del expediente técnico de la obra "Ejecución de obra de tres (3) desembarcaderos pesqueros artesanales (DPAS) con los siguientes PIP viables: 67963,  278428 y 95832 Ejecución de la obra Mejoramiento de los Servicios del desembarcadero pesquero artesanal Cabo Blanco, distrito del Alto Talara" para que conjuntamente con los antecedentes, sea remitido a la Secretaría Técnica de las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario. En el supuesto que se determine la responsabilidad del proyectista que elaboró el mencionado expediente técnico, corresponderá a la DIGENIPAA determinar la existencia del daño o perjuicio generado al FONDEPES, así omo su cuantificación monetaria, debiendo comunicarse dicha situación a la Procuraduría Pública para que adopte las acciones correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2017

Documentos

Vista preliminar de documento RJ_2017076

RJ_2017076

PDF
189.2 KB
Vista preliminar de documento anexo_r_j__n__076_2017_20171106_092322

anexo_r_j__n__076_2017_20171106_092322

PDF
1.4 MB