Resolución Jefatural N.° 088-2018-J
8 de agosto de 2018
Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 03 del Contrato n.° 024-2017-FONDEPES suscrito para la contratación de la ejecución de la obra ««Mejoramiento integral del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Huacho, distrito de Huacho, provincia de Huaura, región Lima», por el monto de S/ 224 284,76 (doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y cuatro con 76/100 soles) incluido IGV, y su correspondiente Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 02 ascendente a S/ 224 284,76 (doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y cuatro con 76/100 soles) incluido IGV, manteniéndose el monto contractual en S/ 23 014 569,02 (veintitrés millones catorce mil quinientos sesenta y nueve con 02/100 soles) incluido IGV, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Memorando n.° 2345-2018-FONDEPES/DIGENIPAA y el Informe n.º 152-2018-FONDEPES-DIGENIPAA/AOEM/LATH, así como el Informe n.º 564-2018-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 03 y su Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 02, aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución, debiendo el Contratista Consorcio Marítimo del Norte, ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento como requisito para los pagos que correspondan a la prestación adicional, de corresponder, de conformidad con lo establecido en el numeral 175.14 del artículo 175 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo nº 350-2015-EFy modificado mediante el Decreto Supremo n.° 056-2017-EF.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2018