Resolución Jefatural N.° 138-2018-J

9 de noviembre de 2018

Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 05 del Contrato n.° 011-2017-FONDEPES/OGA suscrito para la contratación de la ejecución de la obra «Mejoramiento de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Yacila, distrito de Paita, provincia de Paita, región Piura», conCódigo SNIP n.º 278428, por el monto de S/. 348 438,75(Trescientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho con 75/100 Soles) incluido IGV, y del correspondiente Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 03 cuyo monto asciende a S/. 212 666,69 (Doscientos doce mil seiscientos sesenta y seis con 69/100 Soles) incluido IGV, siendo que el resultado de la sustracción aritmética determina un incremento del monto del contrato original de S/ 135 772,06 (Ciento treinta y cinco mil setecientos setenta y dos con 06/100 soles) incluido IGV, lo que representa un porcentaje de incidencia individual de 1.34% del contrato original y un nivel de incidencia acumulado de 14.54% del monto del contrato original correspondiente a la obra en mención; siendo el nuevo monto contractual de S/ 11 593 290,37 (Once millones quinientos noventa y tres mil doscientos noventa con 37/100 soles)  incluido IGV, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Memorando n.º 520-2018-FONDEPES/OGPP, el Memorando n.º 3616-2018-FONDEPES/DIGENIPAA, el Informe n.° 02-2018-FONDEPES/DIGENIPAA/AOEM/RGB, así como el Informe n.º 802-2018-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.

Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 05 y del Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 03, aprobados en el artículo 1° de la presente Resolución, debiendo el Contratista P.S.V. Constructores S.A., ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento como requisito para los pagos que correspondan a la prestación adicional, de corresponder, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo n.º 350-2015-EF.

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