Resolución Jefatural N.° 001-2019-J
3 de enero de 2019
Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 11 – Mayores Metrados del Contrato n.° 082-2014-FONDEPES/OGA suscrito para la contratación de la ejecución de la obra «Construcción de Infraestructura Pesquera para consumo humano directo de San José, distrito de San José, provincia de Lambayeque, región Lambayeque», por el monto de S/ 507 464,86 (Quinientos siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 86/100 Soles) incluido IGV, lo que representa un porcentaje de incidencia individual equivalente a 1.56% del contrato original, habiéndose generado a la fecha un nivel de incidencia acumulado de 13.30% del monto del contrato original correspondiente a la obra en mención; cuyo nuevo monto contractual asciende a la suma de S/ 36 776 822,48 (Treinta y seis millones setecientos setenta y seis mil ochocientos veintidós con 48 /100 soles) incluido IGV, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Memorando n.° 4984-2018-FONDEPES/DIGENIPAA, el Informe n.° 021-2018-FONDEPES/DIGENIPAA/AEP/VHRL, así como el Informe n.º 001-2019-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 12 – Partidas nuevas del Contrato n.° 082-2014-FONDEPES/OGA suscrito para la contratación de la ejecución de la obra «Construcción de Infraestructura Pesquera para consumo humano directo de San José, distrito de San José, provincia de Lambayeque, región Lambayeque», por el monto de S/ 721 493,57 (Setecientos veintiún mil cuatrocientos noventa y tres con 57/100 Soles) incluido IGV, y su correspondiente Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 09 ascendente a S/ 1 085 870,92 (Un millón ochenta y cinco mil ochocientos setenta con 92/100 Soles) incluido IGV, siendo que el resultado de la sustracción aritmética determina un resultado negativo del monto del contrato original de S/ 364 377,35 (Trescientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y siete con 35/100 Soles) incluido IGV, lo que representa un porcentaje de incidencia individual equivalente a - 1.12% del contrato original, habiéndose generado a la fecha un nivel de incidencia acumulado de 12.18% del monto del contrato original correspondiente a la obra en mención; cuyo nuevo monto contractual asciende a la suma de S/ 36 412 445,13 (Treinta y seis millones cuatrocientos doce mil cuatrocientos cuarenta y cinco con 13/100 Soles) incluido IGV, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Memorando n.° 4984-2018-FONDEPES/DIGENIPAA, el Informe n.° 021-2018-FONDEPES/DIGENIPAA/AEP/VHRL, así como el Informe n.º 001-2019-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra n.° 11, de la Prestación Adicional de Obra n.° 12 y su Presupuesto Deductivo Vinculado n.º 09, aprobados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución, debiendo el Contratista, Consorcio San José, ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento, como requisito para los pagos que correspondan a la prestación adicional, de corresponder, de conformidad con lo establecido en el artículo 207 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo nº 184-2008-EF.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2019