Resolución Jefatural N.° 003-2019-J
14 de enero de 2019
Aprobar el Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra N° 05 del Contrato N° 012-2017-FONDEPES/OGA para la ejecución de la Obra “Mejoramiento de los servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Quilca, provincia de Camaná, región Arequipa”, con código SNIP N° 67963, por el monto de S/. 452,291.55 (Cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y uno con 55/100 Soles) incluido IGV y su correspondiente Deductivo Vinculante Nº 05 por el monto ascendente de S/. 455,879.54(Cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y nueve con 54/100 Soles) incluido el IGV, lo que representa un porcentaje de disminución de 0.03% del contrato original y un nivel de incidencia acumulado de 14.79%delmonto del contrato original correspondiente a la obra en mención; siendo el nuevo monto contractual de S/. 13’853,306.60 (Trece millones ochocientos cincuenta y tres mil trescientos seis con 60/100 Soles) incluido IGV, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Memorando Nº 083-2019-FONDEPES/DIGENIPAAy el Informe N° 003-2019-FONDEPES/DIGENIPAA/AOEM/HCD, así comoel Informe Nº 010-2019-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.
Autorizar la ejecución del Expediente Técnico de la Prestación Adicional de Obra N° 05 y Deductivo Vinculante Nº 05, aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.
Notificar la presente Resolución y sus anexos al Contratista P.S.V. CONSTRUCTORES S.A.y a la Supervisión, CESEL S.A.remitiéndose copias a la Oficina General de Administración y a la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, para que ambas, de manera coordinada, ejecuten las acciones que permitan la suscripción de la respectiva adenda del Contrato N° 012-2017-FONDEPES/OGA.
Disponer que en el acto de notificación de la presente Resolución y sus anexos al ContratistaP.S.V. CONSTRUCTORES S.A., se le haga entrega del expediente técnico aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.
Disponer que la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, bajo responsabilidad funcional, en el plazo de treinta (30) días calendario posteriores a la emisión de la presente, emita un informe respecto de la existencia de responsabilidades por las presuntas deficiencias en laformulación y/o aprobación del expediente técnico de la obra “Mejoramiento de los servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal en la localidad de Quilca, provincia de Camaná, región Arequipa”, con código SNIP N° 67963,para que conjuntamente con los antecedentes, sea remitido a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario del Fondepes.En el supuesto que se determine la responsabilidad del proyectista que elaboró el mencionado expediente técnico, corresponderá a la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola determinar la existencia del daño o perjuicio generado al Fondepes, así como su cuantificación monetaria, debiendo comunicarse dicha situación a la Procuraduría Pública de la Entidad para que adopte las acciones correspondientes.
Disponer que la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, comunique a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones la ejecución de la Prestación Adicional de Obra Nº 05 y el Deductivo Vinculante Nº 05 del Contrato Nº 012-2017-FONDEPES/OGA.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2019