Resolución Jefatural N.° 083-2020-J
1 de setiembre de 2020
Artículo 1.-Transferencia financiera
Autorízase la transferencia financiera del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero por la suma de S/ 35 220.00 (Treinta y cinco mil doscientos veinte y 00/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal 2020 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Especifica de Gasto 2.4.1 3.11 “A otras unidades del Gobierno Nacional”.
Artículo 3.- Acciones administrativas para efectivizar la transferencia financiera
Disponer que la Oficina General de Administración efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, siendo responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales 2020