Resolución de Gerencia General N.° 014-2015-SG

11 de febrero de 2015

Declarar que la Carta N° 08-2015-LICHTFIELD-LUJAN II, notificada el 27.01.2015, del Consorcio Lichtfield-Lujan II y la Carta N° 06-2015-SUPERVISIÓN/SO/MECH, presentada al FONDEPES el 28.01.15, del Supervisor Miguel Eduardo Carranza Haro, resultan extemporáneas en el procedimiento de Ampliación de Plazo N° 01-Parcial, solicitado por Carta N° 07-2015-LICHTFIELD-LUJAN del 22.01.2015 y que fuera denegada por Resolución de Secretaría General N° 013-2015-FONDEPES/SG y notificada al contratista con fecha 10.02.15; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

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RSG_2015014

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