Directiva sobre medidas de prevención, control y tratamiento de la infección por COVID-19 en el Fuero Militar Policial
Comunicado
12 de marzo de 2020 - 3:38 p. m.
El Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, en concordancia con la Constitución y las leyes, y en aplicación de las disposiciones de emergencia nacional, para otorgar prioridad a la prevención y protección de la salud de su personal, comunica a la opinión pública que en la fecha se ha aprobado y dispuesto, mediante Resolución Administrativa Nro. 0282020-FMP/DE/RRHH, la aplicación de la “Directiva para la Prevención, Control y Tratamiento de la Infección por Coronavirus (COVID-19) en el Fuero Militar Policial”.
En razón de dicha directiva, se ha establecido las medidas a ejecutar en todas las dependencias y oficinas de la institución a nivel nacional, teniendo como principales pautas y criterios de acción lo siguiente:
- Todas las áreas, direcciones, jefaturas, oficinas e instancias jurisdiccionales, fiscales, de control y apoyo están en la obligación de participar activamente y colaborar, en el área de su responsabilidad, en la aplicación y cumplimiento de las disposiciones y medidas adoptadas con el fin de evitar el contagio y transmisión de la enfermedad que ocasiona el COVID-19, según lo especificado en la Directiva N|6-2020-FMP/DIR.RRHH.
- La Dirección de Recursos Humanos y las oficinas de personal a nivel nacional serán responsables de adoptar las acciones de control frente a los casos que puedan surgir de trabajadores con sospecha y/o diagnóstico de Coronavirus, disponiéndose en cada caso proceder según la Guía emanada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el protocolo sanitario establecido para tales situaciones. Dichas medidas incluyen, previa evaluación y certificado médico, el otorgamiento de licencias en casos comprobados y la implementación del trabajo a distancia (teletrabajo) a fin de cubrir las necesidades del servicio, siempre que la naturaleza del puesto lo permita
- Todas las personas con relación laboral con el Fuero Militar Policial; magistrados, funcionarios y empleados a nivel nacional tienen la responsabilidad de cumplir con las medidas que contiene la directiva, entre ellas asistir a las capacitaciones y charlas de prevención sobre el COVID -19 y proceder de manera responsable ante las disposiciones para la prevención y control, que establezca el Fuero Militar Policial y las que determine la autoridad sanitaria pertinente que es el Ministerio de Salud.
- La Resolución Administrativa, materia del presente comunicado, la Directiva a que se refiere, junto con los anexos que contienen las disposiciones generales, específicas, instrucciones, definiciones y otros aspectos de importancia, han sido entregados en forma impresa a todas las dependencias y se encuentran disponibles en forma electrónica para su consulta permanente en línea a través de la intranet y/o página web* institucional.
Lima, 12 de marzo de 2020.