Resolución Administrativa N.° 092-2020-FMP-P
11 de setiembre de 2020
SE RESUELVE: Disponer en que toda solicitud de naturaleza jurisdiccional, fiscal y administrativa, que formulen los ciudadanos, se debe consignar el correo electrónico y número de celular, para ser notificados vía virtual y con expresa autorización del solicitante, evitando el trámite de la documentación en físico; requisito sin el cual no será admitido.