Comunicado: cumplimiento de Ley N° 31539

Comunicado
Comunicado

Oficina de Relaciones Institucionales

27 de febrero de 2024 - 3:58 p. m.

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 1.        Se hace de conocimiento que el Seguro Social de Salud - ESSALUD dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 31539, para cuyo efecto en esta etapa ha previsto y aprobado el presupuesto correspondiente para el ejercicio 2024, con la finalidad que los potenciales beneficiarios, que cumplan con los requisitos, puedan participar en este proceso aprobado por la Institución. Cabe señalar que los potenciales beneficiaros que no logren ingresar podrán participar en la siguiente etapa, que oportunamente se comunicara.
  
2.         Si ha laborado en EsSalud como CAS-COVID durante la emergencia sanitaria y cumple con la totalidad de requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 31539, salvo los numerales 1 y 2, ingrese al siguiente link donde encontrará los pasos a seguir para este potencial beneficio: https://www.gob.pe/institucion/essalud/campa%C3%B1as/53707-implementacion-de-la-segunda-etapa-de-cas-covid-en-el-marco-de-la-ley-n-31539 
 
3.         La solicitud de inscripción y todo el proceso es totalmente GRATUITO. Cualquier situación que contravenga esto deberá ser denunciado ante la Oficina de Integridad – OFIN.
 
4.         Los potenciales beneficiarios que laboraron en la Gerencia de Oferta Flexible – GOF y CENATE, deberán presentarse a uno de los Órganos Desconcentrados de Lima o Callao (Red Prestacional Rebagliati, Almenara y Sabogal).
 
5.         Los potenciales beneficiarios que han trabajado en dos o más dependencias a nivel nacional, solo pueden registrarse en una dependencia.
 
6.         Las personas que ya han sido beneficiadas en EsSalud, MINSA o sus organismos públicos, gobiernos regionales, sanidad de las FFAA, PNP y otras entidades del Estado con la Ley N°31539 y Ley N° 31538, NO podrán participar en esta etapa de implementación.  
 
7.         Los potenciales beneficiarios en EsSalud que no hayan sido considerados en la relación preliminar y cumplen con los requisitos, deberán enviar un correo al jefe de RR. HH de la Red adjuntando el sustento correspondiente, siendo evaluado y validado por este y de corresponder informará a la Sub Gerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas para su inclusión en la lista de potenciales beneficiarios.

En virtud de la fiscalización posterior, la entidad adoptará las acciones administrativas correspondientes de advertirse incumplimiento de lo establecido en la Ley N° 31539.