Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 179-PE-ESSALUD-2026
13 de febrero de 2026
Artículo 1.- ACEPTAR la donación de 250 viales de Alprolix 500 y 400 viales de Eloctate 250, efectuada por la Federación Mundial de Hemofilia, a favor del Seguro Social de Salud – ESSALUD, cuyo valor referencial, declarado por el donante, asciende a US$ 13.00 (Trece dólares con 00/100 centavos americanos).
Artículo 2.- PRECISAR que la donación aceptada a través del artículo 1 de la presente Resolución, no convalida los actos o acciones que no se ciñan o no hayan cumplido el marco normativo vigente ni los procedimientos establecidos que correspondan.
Artículo 3.- EXHORTAR a la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, en coordinación con la Gerencia Central de Logística, a adoptar las acciones necesarias para la recepción, custodia y traslado del bien donado, asegurando que dichas actividades se realicen en condiciones adecuadas de seguridad, conservación y control, conforme al marco normativo aplicable.
Artículo 4.- PRECISAR que el uso y/o distribución del bien donado será realizado previa obtención del pronunciamiento favorable de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, conforme a la normativa sanitaria vigente.
Artículo 5.- AGRADECER a la Federación Mundial de Hemofilia, por la donación de los medicamentos otorgados a favor del Seguro Social de Salud - ESSALUD.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaría General notifique la presente Resolución a la Federación Mundial de Hemofilia, a la Gerencia Central de Logística, a la Gerencia Central de Gestión Financiera y la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, para las acciones y fines correspondientes.
Artículo 7.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud la presente Resolución, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PEESSALUD-2015, proceda con su publicación en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud (https://www.gob.pe/essalud).
Artículo 2.- PRECISAR que la donación aceptada a través del artículo 1 de la presente Resolución, no convalida los actos o acciones que no se ciñan o no hayan cumplido el marco normativo vigente ni los procedimientos establecidos que correspondan.
Artículo 3.- EXHORTAR a la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, en coordinación con la Gerencia Central de Logística, a adoptar las acciones necesarias para la recepción, custodia y traslado del bien donado, asegurando que dichas actividades se realicen en condiciones adecuadas de seguridad, conservación y control, conforme al marco normativo aplicable.
Artículo 4.- PRECISAR que el uso y/o distribución del bien donado será realizado previa obtención del pronunciamiento favorable de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, conforme a la normativa sanitaria vigente.
Artículo 5.- AGRADECER a la Federación Mundial de Hemofilia, por la donación de los medicamentos otorgados a favor del Seguro Social de Salud - ESSALUD.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaría General notifique la presente Resolución a la Federación Mundial de Hemofilia, a la Gerencia Central de Logística, a la Gerencia Central de Gestión Financiera y la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos, para las acciones y fines correspondientes.
Artículo 7.- DISPONER que la Secretaría General, en el marco de sus funciones, remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Seguro Social de Salud la presente Resolución, a fin de que, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 701-PEESSALUD-2015, proceda con su publicación en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud (https://www.gob.pe/essalud).
