Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 1183-PE-ESSALUD-2025
12 de noviembre de 2025
Artículo1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 943-PE-ESSALUD-2025, precisándose que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1013-PE-ESSALUD-2024 mantiene su vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- MODIFICAR los artículos 8; 9; 47; 48; 49; 50; 53; 102; 111; 123; 133; 205; 206; 207; 208; 209; 210; 211; 212 y la Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y modificado mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 601-PE-ESSALUD-2015, N° 767-PE-ESSALUD-2015, N° 141-PEESSALUD-2016, N° 310-PE-ESSALUD-2016, N° 328-PE-ESSALUD-2016, N° 394-PE-ESSALUD-2016, N° 055-PE-ESSALUD-2017, N° 142-PE-ESSALUD-2017, N° 347-PE-ESSALUD-2017, N° 539-PE-ESSALUD-2017, N° 125-PE-ESSALUD-2018, N° 630-PE-ESSALUD-2020, N° 390-PEESSALUD-
2021, N° 420-PE-ESSALUD-2022, N° 999-PE-ESSALUD-2022, N° 686-PE-ESSALUD-2024 y N° 1013-PE-ESSALUD-2024.
Artículo 3.- SUPRIMIR la Tercera; Cuarta; Sexta y Séptima Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y modificatorias.
Artículo 4.- MODIFICAR el Anexo A - Organigrama Estructural y el Anexo B - Estructura de los Cargos Jefaturales del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y sus respectivas modificatorias, en virtud a lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 5.- DEJAR SIN EFECTO el artículo 4 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1013-PE-ESSALUD-2024, que aprueba el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD.
Artículo 6.- APROBAR el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD que consta de cuatro (4) Títulos, catorce (14) Capítulos, doscientos quince (215) artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias y Transitorias y dos (2) Disposiciones Finales, así como los Anexos A y B que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 7.- DISPONER que las unidades de organización de ESSALUD realicen las acciones administrativas de su competencia a efectos de implementar las modificaciones aprobadas en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin demandar recursos adicionales a los previstos en el presupuesto institucional de ESSALUD.
Artículo 8.- CORRESPONDE que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto adopte las acciones administrativas en relación a las gestiones que hubiesen efectuado las unidades de organización en el marco de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 943-PE-ESSALUD-2025.
Artículo 9.- DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 10.- DISPONER que la Secretaría General remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones la presente Resolución y sus Anexos, a fin de que proceda con su publicación en el Portal Institucional y en la Intranet del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 2.- MODIFICAR los artículos 8; 9; 47; 48; 49; 50; 53; 102; 111; 123; 133; 205; 206; 207; 208; 209; 210; 211; 212 y la Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y modificado mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 601-PE-ESSALUD-2015, N° 767-PE-ESSALUD-2015, N° 141-PEESSALUD-2016, N° 310-PE-ESSALUD-2016, N° 328-PE-ESSALUD-2016, N° 394-PE-ESSALUD-2016, N° 055-PE-ESSALUD-2017, N° 142-PE-ESSALUD-2017, N° 347-PE-ESSALUD-2017, N° 539-PE-ESSALUD-2017, N° 125-PE-ESSALUD-2018, N° 630-PE-ESSALUD-2020, N° 390-PEESSALUD-
2021, N° 420-PE-ESSALUD-2022, N° 999-PE-ESSALUD-2022, N° 686-PE-ESSALUD-2024 y N° 1013-PE-ESSALUD-2024.
Artículo 3.- SUPRIMIR la Tercera; Cuarta; Sexta y Séptima Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y modificatorias.
Artículo 4.- MODIFICAR el Anexo A - Organigrama Estructural y el Anexo B - Estructura de los Cargos Jefaturales del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014 y sus respectivas modificatorias, en virtud a lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 5.- DEJAR SIN EFECTO el artículo 4 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 1013-PE-ESSALUD-2024, que aprueba el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD.
Artículo 6.- APROBAR el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD que consta de cuatro (4) Títulos, catorce (14) Capítulos, doscientos quince (215) artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias y Transitorias y dos (2) Disposiciones Finales, así como los Anexos A y B que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 7.- DISPONER que las unidades de organización de ESSALUD realicen las acciones administrativas de su competencia a efectos de implementar las modificaciones aprobadas en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin demandar recursos adicionales a los previstos en el presupuesto institucional de ESSALUD.
Artículo 8.- CORRESPONDE que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto adopte las acciones administrativas en relación a las gestiones que hubiesen efectuado las unidades de organización en el marco de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 943-PE-ESSALUD-2025.
Artículo 9.- DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 10.- DISPONER que la Secretaría General remita a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones la presente Resolución y sus Anexos, a fin de que proceda con su publicación en el Portal Institucional y en la Intranet del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Esta norma pertenece al compendio Modificatoria del ROF

