Resolución de Gerencia Central N.° 1617-GCGP-ESSALUD-2025
28 de octubre de 2025
1. CONFORMAR el Comité de Prevención contra la violencia y acoso laboral que tendrá a su cargo la implementación de un protocolo de prevención y atención a casos de discriminación, violencia y acoso.
2. ESTABLECER que el citado Comité estará integrado por las siguientes dependencias:
• (02) Representantes de la Gerencia Central de Gestión de las Personas.
• (02) Representantes de la Gerencia de Desarrollo de Personal.
• (01) Representante del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, representante de la parte empleadora.
• (02) Representantes de la Federación Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud – EsSalud del Perú – FED CUT.
Los integrantes del referido Comité podrán contar con un representante alterno, que será designado mediante documento emitido por el representante titular.
3. PRECISAR que el Comité estará presidido por uno de los representantes de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, siendo el caso que el segundo representante actuará como secretario técnico y suplente en caso de imposibilidad de asistencia del presidente.
4. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal lnstitucional del Seguro Social de salud - ESSALUD.
2. ESTABLECER que el citado Comité estará integrado por las siguientes dependencias:
• (02) Representantes de la Gerencia Central de Gestión de las Personas.
• (02) Representantes de la Gerencia de Desarrollo de Personal.
• (01) Representante del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, representante de la parte empleadora.
• (02) Representantes de la Federación Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud – EsSalud del Perú – FED CUT.
Los integrantes del referido Comité podrán contar con un representante alterno, que será designado mediante documento emitido por el representante titular.
3. PRECISAR que el Comité estará presidido por uno de los representantes de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, siendo el caso que el segundo representante actuará como secretario técnico y suplente en caso de imposibilidad de asistencia del presidente.
4. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal lnstitucional del Seguro Social de salud - ESSALUD.
