Resolución de Gerencia General N.° 1168-2025-GG-ESSALUD
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 1168-GG-ESSALUD-2025
20 de junio de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegación de facultades al/a la Gerente Central de Logística y al/a la Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE.
Delegar en el/la Gerente Central de Logística y en el/la Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, en el ámbito de su competencia y conforme a la Ley N° 32069, Ley de Contrataciones Públicas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF y normas de la materia, las siguientes facultades:
1. Designar a los miembros integrantes de comités y a los expertos integrantes del jurado de procedimientos de selección competitivos, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes.
2. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección competitivos, por causal debidamente motivada.
3. Autorizar la ampliación de plazo del plazo contractual en bienes y servicios.
4. Autorizar la modificación contractual cuando impliquen modificación del monto contractual por hecho sobreviniente no imputable a las partes.
5. Autorizar las modificaciones contractuales por hechos sobrevinientes imputable a las partes.
6. Autorizar y acordar la suspensión del plazo de ejecución, aun cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante, sin perjuicio de iniciarse el respectivo deslinde de responsabilidades.
7. Aprobar la no utilización de la subasta inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con ficha técnica.
8. Declarar la nulidad de oficio de procedimientos de selección conforme a los supuestos establecidos en el artículo 70 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
9. Declarar la nulidad de oficio de los contratos perfeccionados conforme a los supuestos establecidos en el artículo 71 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
10. Autorizar los procesos de compatibilización del requerimiento.
11. Verificar que los servidores de la dependencia encargada de contrataciones se encuentren certificados como compradores públicos conforme al nivel que corresponda a las actividades que realizan.
12. Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley.
13. Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley.
14. Autorizar la ejecución y pago de las prestaciones adicionales de obra bajo el sistema de entrega solo construcción hasta por el 15% del monto total del contrato original restando los deductivos vinculados.
15. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo en consultoría de obra y notificar la decisión a los contratistas.
16. Suscribir los contratos y sus adendas derivados de los procesos de contratación pública a su cargo, dentro del ámbito de su competencia y dentro de los límites de los montos establecidos en el Reglamento de Representación del Seguro Social de Salud - ESSALUD vigente.
17. Supervisar los procesos de contrataciones de bienes y servicios, arrendamientos y ejecución de obras, salvo aquellas reservadas al Titular de la Entidad o a la Autoridad de la gestión administrativa, en caso corresponda.
18. Aprobar la contratación de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos que cuenten con ficha técnica y que se convoquen por subasta inversa electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 96 Reglamento, en las cuales solo quede una sola oferta válida, de acuerdo a lo establecido en el artículo 301 del citado Reglamento.
Artículo 2.- Delegación de facultad al/ a la Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y al/a la Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE
Delegar en el/la Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y en el/la Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, en el ámbito de su competencia, la facultad de aprobar los expedientes de contratación de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, así como de las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, conforme a la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento y normas de la materia.
Artículo 3.- Observancia de los requisitos legales y procedimientos establecidos
La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, y atendiendo de manera estricta a la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF y normas de la materia.
Asimismo, los titulares de los órganos a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución son responsables de contar con el debido sustento previo a la adopción de los actos a ser emitidos, resguardando la trazabilidad de la información y finalidad pública, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Reporte mensual
Los titulares de los órganos a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución, deben informar mensualmente a la Gerencia General, bajo responsabilidad, las acciones realizadas respecto del ejercicio de las facultades delegadas.
Artículo 5.- Notificación
Disponer que la presente Resolución sea notificada a el/la Gerente Central de Logística, Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, para su conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 6.- Vigencia
Las delegaciones otorgadas a través de la presente resolución tienden vigencia durante el Año Fiscal 2025.
Artículo 7.- Publicación
Disponer que la Secretaría General publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud – ESSALUD y Compendio Normativo Institucional.
Artículo 1.- Delegación de facultades al/a la Gerente Central de Logística y al/a la Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE.
Delegar en el/la Gerente Central de Logística y en el/la Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, en el ámbito de su competencia y conforme a la Ley N° 32069, Ley de Contrataciones Públicas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF y normas de la materia, las siguientes facultades:
1. Designar a los miembros integrantes de comités y a los expertos integrantes del jurado de procedimientos de selección competitivos, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes.
2. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección competitivos, por causal debidamente motivada.
3. Autorizar la ampliación de plazo del plazo contractual en bienes y servicios.
4. Autorizar la modificación contractual cuando impliquen modificación del monto contractual por hecho sobreviniente no imputable a las partes.
5. Autorizar las modificaciones contractuales por hechos sobrevinientes imputable a las partes.
6. Autorizar y acordar la suspensión del plazo de ejecución, aun cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante, sin perjuicio de iniciarse el respectivo deslinde de responsabilidades.
7. Aprobar la no utilización de la subasta inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con ficha técnica.
8. Declarar la nulidad de oficio de procedimientos de selección conforme a los supuestos establecidos en el artículo 70 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
9. Declarar la nulidad de oficio de los contratos perfeccionados conforme a los supuestos establecidos en el artículo 71 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
10. Autorizar los procesos de compatibilización del requerimiento.
11. Verificar que los servidores de la dependencia encargada de contrataciones se encuentren certificados como compradores públicos conforme al nivel que corresponda a las actividades que realizan.
12. Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley.
13. Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley.
14. Autorizar la ejecución y pago de las prestaciones adicionales de obra bajo el sistema de entrega solo construcción hasta por el 15% del monto total del contrato original restando los deductivos vinculados.
15. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo en consultoría de obra y notificar la decisión a los contratistas.
16. Suscribir los contratos y sus adendas derivados de los procesos de contratación pública a su cargo, dentro del ámbito de su competencia y dentro de los límites de los montos establecidos en el Reglamento de Representación del Seguro Social de Salud - ESSALUD vigente.
17. Supervisar los procesos de contrataciones de bienes y servicios, arrendamientos y ejecución de obras, salvo aquellas reservadas al Titular de la Entidad o a la Autoridad de la gestión administrativa, en caso corresponda.
18. Aprobar la contratación de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos que cuenten con ficha técnica y que se convoquen por subasta inversa electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 96 Reglamento, en las cuales solo quede una sola oferta válida, de acuerdo a lo establecido en el artículo 301 del citado Reglamento.
Artículo 2.- Delegación de facultad al/ a la Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y al/a la Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE
Delegar en el/la Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y en el/la Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, en el ámbito de su competencia, la facultad de aprobar los expedientes de contratación de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, así como de las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, conforme a la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento y normas de la materia.
Artículo 3.- Observancia de los requisitos legales y procedimientos establecidos
La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, y atendiendo de manera estricta a la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF y normas de la materia.
Asimismo, los titulares de los órganos a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución son responsables de contar con el debido sustento previo a la adopción de los actos a ser emitidos, resguardando la trazabilidad de la información y finalidad pública, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Reporte mensual
Los titulares de los órganos a quienes se les delega facultades mediante la presente Resolución, deben informar mensualmente a la Gerencia General, bajo responsabilidad, las acciones realizadas respecto del ejercicio de las facultades delegadas.
Artículo 5.- Notificación
Disponer que la presente Resolución sea notificada a el/la Gerente Central de Logística, Gerente de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, Gerente de la Gerencia de Abastecimiento de la Gerencia Central de Logística y Gerente de la Gerencia de Adquisiciones de Bienes Estratégicos de la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos – CEABE, para su conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 6.- Vigencia
Las delegaciones otorgadas a través de la presente resolución tienden vigencia durante el Año Fiscal 2025.
Artículo 7.- Publicación
Disponer que la Secretaría General publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud – ESSALUD y Compendio Normativo Institucional.