Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 129-2025-PE-ESSALUD
4 de febrero de 2025
Artículo 1.- DESIGNAR a partir de la fecha, a don WILLIAM GIOVANNI PEIRANO ARANIBAR, en el cargo de dirección de Gerente Central, plaza N° 00209000, nivel Ejecutivo 2 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica.
Artículo 2.- AUTORIZAR al Gerente Central de Gestión de las Personas a suscribir el contrato de trabajo respectivo, bajo el régimen laboral de la actividad privada, con el servidor WILLIAM GIOVANNI PEIRANO ARANIBAR,
Artículo 3.- El citado servidor deberá presentar a la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas dentro de los quince (15) días útiles siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27482, Directiva Nº 04-2008-CG/FIS y demás normas reglamentarias. Asimismo, deberá presentar igual declaración luego de cumplir 12 meses en el cargo y al término de la designación, en el plazo antes mencionado.
Artículo 4.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Intereses a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses de la Contraloría General de la República dentro de los primeros quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado con la presente resolución, de conformidad con lo señalado en el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 31227 y su Reglamento; asimismo, de continuar más de doce (12) meses consecutivos en el cargo y/o si se presentara algún hecho relevante que deba ser informado deberá presentar la citada declaración jurada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles subsiguientes.
Artículo 5.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Conflicto de Interés ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado la presente resolución; asimismo, deberá presentar igual declaración, cada vez que surja una situación que esté inmerso en un conflicto de interés dentro de los cinco (5) días calendario de producida la misma.
Artículo 6.- El mencionado servidor deberá presentar, al momento de notificada la presente resolución, su Declaración Jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 31564 y su reglamento, ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas como requisito indispensable para el desempeño de sus funciones.
Artículo 7.- EI mencionado servidor debería suscribir el Acta de Compromiso en el que se manifiesta la necesidad e importancia de implementar el Sistema de Control lnterno, el mismo que deberá presentar al Comité de implementación del Sistema de Control lnterno de ESSALUD dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 8.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia General, a la Gerencia Central de Gestión de las Personas, a la Gerencia Central de Asesoría Jurídica y al servidor WILLIAM GIOVANNI PEIRANO ARANIBAR, para los fines correspondientes.
Artículo 2.- AUTORIZAR al Gerente Central de Gestión de las Personas a suscribir el contrato de trabajo respectivo, bajo el régimen laboral de la actividad privada, con el servidor WILLIAM GIOVANNI PEIRANO ARANIBAR,
Artículo 3.- El citado servidor deberá presentar a la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas dentro de los quince (15) días útiles siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27482, Directiva Nº 04-2008-CG/FIS y demás normas reglamentarias. Asimismo, deberá presentar igual declaración luego de cumplir 12 meses en el cargo y al término de la designación, en el plazo antes mencionado.
Artículo 4.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Intereses a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses de la Contraloría General de la República dentro de los primeros quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado con la presente resolución, de conformidad con lo señalado en el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 31227 y su Reglamento; asimismo, de continuar más de doce (12) meses consecutivos en el cargo y/o si se presentara algún hecho relevante que deba ser informado deberá presentar la citada declaración jurada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles subsiguientes.
Artículo 5.- El mencionado servidor deberá presentar su Declaración Jurada de Conflicto de Interés ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de haber sido notificado la presente resolución; asimismo, deberá presentar igual declaración, cada vez que surja una situación que esté inmerso en un conflicto de interés dentro de los cinco (5) días calendario de producida la misma.
Artículo 6.- El mencionado servidor deberá presentar, al momento de notificada la presente resolución, su Declaración Jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 31564 y su reglamento, ante la Subgerencia de Gestión de Personal de la Gerencia Central de Gestión de las Personas como requisito indispensable para el desempeño de sus funciones.
Artículo 7.- EI mencionado servidor debería suscribir el Acta de Compromiso en el que se manifiesta la necesidad e importancia de implementar el Sistema de Control lnterno, el mismo que deberá presentar al Comité de implementación del Sistema de Control lnterno de ESSALUD dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 8.- TRANSCRIBIR la presente resolución a la Gerencia General, a la Gerencia Central de Gestión de las Personas, a la Gerencia Central de Asesoría Jurídica y al servidor WILLIAM GIOVANNI PEIRANO ARANIBAR, para los fines correspondientes.