Resolución de Gerencia General N.° 2393-2024-GG-ESSALUD

31 de diciembre de 2024

Articulo 1.- APROBAR, de forma excepcional, el reconocimiento de prestaciones a favor de la proveedora THOMAS ROMERO MISHELLE ELIZABETH, con R.U.C. N° 10729418779, por el Tercer Entregable de la Orden de Compra N° 4504517912, por la Contratación de una persona natural bajo la modalidad de locación de servicio para brindar atención a los usuarios de las ventanillas únicas de la OSPE Junín, respecto a procedimientos administrativos TUPA (subsidio de prestaciones económicas), por el periodo del 18 al 30 diciembre de 2023, por el monto de S/ 1,080.00 (Mil Ochenta con 00/100 Soles), al cual no corresponde aplicarle penalidades ni otras deducciones, conforme a los considerandos de la presente Resolución.

Artículo 2.- PRECISAR que el reconocimiento de prestaciones aprobado a través del artículo 1 de la presente Resolución no convalida los actos o acciones que no se ciñan o no cumplieron la normativa legal vigente ni los procedimientos establecidos que correspondan.

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia Central de Logística, a fin de que notifique la misma a la proveedora THOMAS ROMERO MISHELLE ELIZABETH, así como se realicen las acciones y gestiones correspondientes orientadas al pago de las prestaciones reconocidas en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística informe los hechos para las acciones de deslinde de responsabilidad advertidos en el presente expediente, a fin de que comunique al Secretario Técnico del Régimen Disciplinario y Procedimiento Administrativo Sancionador los alcances de la presente Resolución para la determinación de responsabilidad correspondiente; debiendo informar a este Despacho en el plazo de 15 días de notificado la presente, bajo responsabilidad.

Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Gerencia Central de Logística; a fin de que efectúen las acciones y medidas de gestión necesarias para evitar el retraso en los pagos, debiendo informar a este Despacho en el plazo de 30 días de notificado la presente, bajo responsabilidad.

Artículo 6.- EXHORTAR al Gerente Central de Logística para que, en consideración de la aprobación excepcional del reconocimiento de prestaciones aprobado con la presente Resolución, adopte las acciones administrativas y medidas de gestión necesarias a fin de evitar incurrir en el retraso de los pagos, bajo responsabilidad.

Artículo 7.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística lleve a cabo la verificación de los actos y los documentos presentados para el presente reconocimiento, a fin de verificar que las actuaciones se hayan llevado a cabo con integridad y en estricto cumplimiento de las normativas aplicables, adoptando las acciones pertinentes, y se remita al Órgano de Control Institucional conforme corresponde.

Artículo 8.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el portal institucional y de transparencia del Seguro Social de Salud – ESSALUD.
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