Resolución de Gerencia General N.° 2175-2024-GG-ESSALUD
13 de diciembre de 2024
Articulo 1.- APROBAR, de forma excepcional, el reconocimiento de prestaciones a favor de la proveedora JANET ELIANA MEDINA VASQUEZ, con R.U.C. N° 10099213626, por el tercer entregable de la Contratación de servicio de una persona natural bajo la modalidad de locación de servicio especialista en ejecución de pruebas funcionales para garantizar la calidad y el correcto funcionamiento de la nueva versión de la plataforma VIVA y garantizar el correcto despliegue de los módulos de prestaciones económicas en coordinación con la GCTIC, por el periodo del 17 al 31 diciembre de 2023, en el marco de la Orden de Compra Nº 43504517315, por el monto de S/ 3,000.00 (Tres Mil con 00/100 Soles), al cual no corresponde aplicarle penalidades ni otras deducciones, conforme a los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2.- PRECISAR que el reconocimiento de prestaciones aprobado a través del artículo 1 de la presente Resolución no convalida los actos o acciones que no se ciñan o no cumplieron la normativa legal vigente ni los procedimientos establecidos que correspondan.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la proveedora JANET ELIANA MEDINA VASQUEZ, y a la Gerencia Central de Logística, a fin de que se realicen las acciones y gestiones correspondientes orientadas al pago de las prestaciones reconocidas en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística informe los hechos referidos al presente reconocimiento de deuda, a la Gerencia Central de Gestión de las Personas para que la citada Gerencia Central por medio del Secretario Técnico del Régimen Disciplinario y Procedimiento Administrativo Sancionador, proceda a iniciar las acciones de deslinde de responsabilidad que hubiera lugar en el presente expediente; debiendo informar a este Despacho dicha acción en el plazo de 15 días hábiles de notificada la presente resolución, bajo responsabilidad.
Artículo 5.- EXHORTAR al Gerente Central de Logística para que, en consideración de la aprobación excepcional del reconocimiento de prestaciones aprobado con la presente Resolución, adopte las acciones administrativas y medidas de gestión necesarias a fin de evitar incumplir con el marco normativo vigente de la materia, bajo responsabilidad.
Artículo 6.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística lleve a cabo la verificación de los actos y los documentos presentados para el presente reconocimiento, a fin de verificar que las actuaciones se hayan llevado a cabo con integridad y en estricto cumplimiento de las normativas aplicables, adoptando las acciones pertinentes, y se remita al Órgano de Control Institucional conforme corresponda.
Artículo 7.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el portal institucional y de transparencia del Seguro Social de Salud – ESSALUD.
Artículo 2.- PRECISAR que el reconocimiento de prestaciones aprobado a través del artículo 1 de la presente Resolución no convalida los actos o acciones que no se ciñan o no cumplieron la normativa legal vigente ni los procedimientos establecidos que correspondan.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la proveedora JANET ELIANA MEDINA VASQUEZ, y a la Gerencia Central de Logística, a fin de que se realicen las acciones y gestiones correspondientes orientadas al pago de las prestaciones reconocidas en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 4.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística informe los hechos referidos al presente reconocimiento de deuda, a la Gerencia Central de Gestión de las Personas para que la citada Gerencia Central por medio del Secretario Técnico del Régimen Disciplinario y Procedimiento Administrativo Sancionador, proceda a iniciar las acciones de deslinde de responsabilidad que hubiera lugar en el presente expediente; debiendo informar a este Despacho dicha acción en el plazo de 15 días hábiles de notificada la presente resolución, bajo responsabilidad.
Artículo 5.- EXHORTAR al Gerente Central de Logística para que, en consideración de la aprobación excepcional del reconocimiento de prestaciones aprobado con la presente Resolución, adopte las acciones administrativas y medidas de gestión necesarias a fin de evitar incumplir con el marco normativo vigente de la materia, bajo responsabilidad.
Artículo 6.- DISPONER que la Gerencia Central de Logística lleve a cabo la verificación de los actos y los documentos presentados para el presente reconocimiento, a fin de verificar que las actuaciones se hayan llevado a cabo con integridad y en estricto cumplimiento de las normativas aplicables, adoptando las acciones pertinentes, y se remita al Órgano de Control Institucional conforme corresponda.
Artículo 7.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el portal institucional y de transparencia del Seguro Social de Salud – ESSALUD.