Resolución de Gerencia General N.° 2079-2024-GG-ESSALUD
21 de noviembre de 2024
Artículo 1.- AUTORIZAR a la abogada MILAGROS FUENTES TORRES, Apoderado Judicial de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, a conciliar extrajudicialmente con la empresa SALUTARE SOLUCION INTEGRAL EN SALUD S.A.C.; conforme a la siguiente propuesta conciliatoria:
a) El Seguro Social de Salud, en una sola armada, dentro del plazo de 30 días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de suscrita el Acta de Conciliación Extrajudicial, efectuará el pago a favor de SALUTARE SOLUCION INTEGRAL EN SALUD S.A.C., por la suma de S/ 1'807,019.58 (Un Millón Ochocientos Siete Mil Diecinueve con 58/100 Soles), en el que está incluido el IGV y cualquier otro impuesto de Ley, correspondiente a la prestación derivada de la "Contratación del Servicio de Administración Logística (Gestión de Recepción, Almacenamiento, Aseguramiento de Calidad, Preparación de Pedidos y Trazabilidad de los Bienes Estratégicos (Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos, Equipos Biomédicos y Hospitalarios) y No Estratégicos para los Almacenes Centrales de ESSALUD a Nivel Nacional", comprendido en el periodo del 03.09.2021 al 12.11.2021.
b) La Empresa SALUTARE SOLUCION INTEGRAL EN SALUD S.A.C., renuncia de manera expresa a todo monto económico que derive del pago de indemnización, intereses legales, costos del procedimiento conciliatorio, lucro cesante, entre otros, que puedan generar un menoscabo a los intereses del Seguro Social de Salud, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
c) La Empresa SALUTARE SOLUCION INTEGRAL EN SALUD S.A.C, renuncia a iniciar y/o continuar con cualquier tipo de acción Judicial, Arbitral, Conciliatoria o de cualquier otra índole en contra del Seguro Social de Salud, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en coordinación con el secretario técnico del Régimen Disciplinario, efectúe en el ámbito de sus competencias las acciones concernientes al deslinde de responsabilidades, por no haber procedido conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en coordinación con la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones efectúen la publicación del Acta de Conciliación en el Portal de Transparencia de ESSALUD
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al servidor autorizado y a la Gerencia Central de Logística.