Resolución de Gerencia General N.° 2065-2024-GG-ESSALUD

19 de noviembre de 2024

Artículo 1.- AUTORIZAR a la abogada MILAGROS FUENTES TORRES, Apoderado Judicial de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, a conciliar extrajudicialmente con la empresa MULTIMEDICAL SUPPLIES S.A.C.; conforme a la siguiente propuesta conciliatoria:

a) El Seguro Social de Salud EsSalud, en una sola armada, y dentro del plazo de 15 días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de suscrita el Acta de Conciliación Extrajudicial, efectuará el pago a favor de la empresa MULTIMEDICAL SUPPLIES S.A.C., por la suma de S/ 504,056.73 (Quinientos Cuatro Mil Cincuenta y Seis con 73/100 Soles), en el que está incluido el IGV y cualquier otro impuesto de Ley, correspondiente a las Órdenes de Compra N° 4504006296, 4504006297, 4504006298, 4504006304, 4504006306 y 4504006307, referente a la Adquisición de Catéter Venoso Central de Triple Limen de 7frx20cm e Intercambio de Calor y Humedad Higroscópico con filtro - adulto.

b) La Empresa MULTIMEDICAL SUPPLIES S.A.C., renuncia de manera expresa a todo monto económico que derive del pago de indemnización, intereses legales, costos del procedimiento conciliatorio, lucro cesante, entre otros, que puedan generar un menoscabo a los intereses del Seguro Social de Salud - EsSalud, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.

c) La Empresa MULTIMEDICAL SUPPLIES S.A.C. renuncia a iniciar y/o continuar con cualquier tipo de acción Judicial, Arbitral, Conciliatoria o de cualquier otra indole en contra del Seguro Social de Salud - EsSalud, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia. Debiendo informar en dichos procesos y/o procedimientos, el arribo del presente acuerdo, solicitando el desistimiento y/o el archivo de los mismos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de suscrita la presente Acta.

Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en coordinación con el secretario técnico del Procedimiento Administrativo Disciplinario, efectúe en el ámbito de sus competencias las acciones concernientes al deslinde de responsabilidades, por no haber procedido conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en coordinación con la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones efectúen la publicación del Acta de Conciliación en el Portal de Transparencia de ESSALUD.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al servidor autorizado y a la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos.
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