Resolución de Gerencia General N.° 1992-2024-GG-ESSALUD

28 de octubre de 2024

ARTÍCULO 1.- CONFORMAR la Unidad Funcional de Litigio Estratégico de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica.

ARTÍCULO 2.- ESTABLECER como responsabilidades de la Unidad Funcional de Litigio Estratégico, las siguientes:
a) Formular criterios que posibiliten la atención estandarizada y especializada de los procesos judiciales y procedimientos administrativos bajo el ámbito de competencia de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a nivel nacional, con el propósito de dinamizar el ejercicio de la defensa jurídica de la entidad.

b) Proponer criterios que faciliten la priorización, clasificación y ponderación para la atención de los procesos judiciales y procedimientos administrativos, bajo el ámbito de competencia de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, de acuerdo a su complejidad, formulando reglas de actuación, recomendaciones y propuestas de acción que garanticen un enfoque uniforme y coherente de la estrategia legal de defensa jurídica;

c) Brindar asesoría jurídico - procesal a los diferentes órganos de la Entidad, para la identificación de acciones de prevención del daño antijurídico, así como para la evaluación previa al inicio de acciones judiciales, promoviendo el empleo de mecanismos alternativos de solución de conflictos, e identificando aquellas en cuyo informe contingencial se resguarde los intereses de la Entidad.

d) Realizar seguimiento a los indicadores de gestión establecidos por la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en relación a aquellos que corresponden al ámbito procesal, a fin de asegurar la efectividad y la mejora continua en la gestión jurídica, a nivel nacional.

e) Proponer estrategias efectivas para lograr la recuperación judicial y extrajudicial de bienes inmuebles, así como el cobro de acreencias en los procesos judiciales en ejecución de sentencia, optimizando los recursos de la entidad.

f) Proponer lineamientos institucionales para implementar mecanismos anticipados de conclusión de procesos judiciales en donde se justifique la pertinencia y beneficio económico para ESSALUD, en concordancia con los pronunciamientos jurisprudenciales aplicables.

g) Promover el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos, especialmente en situaciones donde se pueda causar un perjuicio a la institución orientados a la prevención del daño antijurídico.

h) Establecer técnicas orientadas al desembalse procesal, evitando la duplicidad de actuaciones y promoviendo la permanente depuración y archivo de expedientes procesales, con el fin de optimizar el flujo de trabajo en los procesos judiciales.

i) Emitir informes técnico-jurídicos que analicen los puntos críticos de la gestión de los procesos bajo su ámbito, con el objetivo de identificar y evidenciar cualquier desviación o no conformidad al mismo, priorizando la implementación de medidas correctivas y preventivas en aquellas que afecten, principalmente, el control de riesgos de corrupción.

ARTÍCULO 3.- ESTABLECER que el coordinador a cargo de la Unidad Funcional es el Jefe de División (Ejecutivo 6), Plaza N° 1333000, servidor bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, en adición a las funciones.

ARTÍCULO 4.- ESTABLECER que la conformación de presente Unidad Funcional no supone la creación de cargos ni la asignación de nuevos recursos, ni tampoco aparece en el organigrama institucional dada su naturaleza.

ARTÍCULO 5.-DISPONER que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto se encargue de la evaluación del funcionamiento de la presente Unidad Funcional cada dos (02) años, contados desde la publicación de la resolución de su conformación.

ARTÍCULO 6.-ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar, en el Portal Intranet Institucional y en el compendio normativo institucional.
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RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 1992-GG-ESSALUD-2024

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