Resolución de Gerencia General N.° 903-2023-GG-ESSALUD
APROBAR la estandarización para el licenciamiento de Base de Datos Oracle y el licenciamiento de las opciones de Base de Datos Oracle, por el período de cinco (05) años.
4 de julio de 2023
1. APROBAR la estandarización para el licenciamiento de Base de Datos Oracle y el licenciamiento de las opciones de Base de Datos Oracle, de acuerdo a los Anexos Nos 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, por el período de cinco (05) años, precisándose que, de variar las condiciones que determinaron dicha estandarización la presente aprobación quedará sin efecto, conforme a las disposiciones vigentes en materia de contratación pública.
2. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
3. DISPONER que la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones registre la presente Resolución en la página web de la Entidad, a más tardar al día siguiente de su expedición.
4. DISPONER que la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones remita a la Gerencia Central de Logística, conjuntamente con el requerimiento, el informe técnico, así como la presente Resolución que aprueba la estandarización, a fin que dicho órgano realice las actividades necesarias para concretar la contratación, de acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del numeral 7.4 de la Directiva Nº 004-2016-OSCE/CD.
5. DISPONER que la Gerencia Central de Logística efectúe las coordinaciones que correspondan a efectos de que se observe lo establecido en el numeral 7.5 de la Directiva N º 004-2016-OSCE/CD.
6. DISPONER que la Gerencia Central de Logística, como responsable de realizar el estudio de mercado para el licenciamiento de Base de Datos Oracle y el licenciamiento de las opciones de Base de Datos Oracle, determine la existencia o no de pluralidad de proveedores que cumplan con lo requerido para el citado servicio considerando lo establecido en el numeral 7.6 de la Directiva Nº 004-2016-OSCE/CD.
2. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución a la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
3. DISPONER que la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones registre la presente Resolución en la página web de la Entidad, a más tardar al día siguiente de su expedición.
4. DISPONER que la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones remita a la Gerencia Central de Logística, conjuntamente con el requerimiento, el informe técnico, así como la presente Resolución que aprueba la estandarización, a fin que dicho órgano realice las actividades necesarias para concretar la contratación, de acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del numeral 7.4 de la Directiva Nº 004-2016-OSCE/CD.
5. DISPONER que la Gerencia Central de Logística efectúe las coordinaciones que correspondan a efectos de que se observe lo establecido en el numeral 7.5 de la Directiva N º 004-2016-OSCE/CD.
6. DISPONER que la Gerencia Central de Logística, como responsable de realizar el estudio de mercado para el licenciamiento de Base de Datos Oracle y el licenciamiento de las opciones de Base de Datos Oracle, determine la existencia o no de pluralidad de proveedores que cumplan con lo requerido para el citado servicio considerando lo establecido en el numeral 7.6 de la Directiva Nº 004-2016-OSCE/CD.
Esta norma pertenece al compendio Estandarización de tecnologías de la información