Resolución de Gerencia General N.° 1666-2024-GG-ESSALUD
10 de setiembre de 2024
Artículo 1.- AUTORIZAR a la Apoderada Judicial MILAGROS FUENTES TORRES, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, a conciliar extrajudicialmente con la empresa ELIMYR SOLUCIONES Y REPRESENTACIONES S.A.C.; conforme a la siguiente propuesta conciliatoria:
a) La Entidad, en una sola armada, dentro del plazo de 15 días calendario de suscrita el Acta de Conciliación Extrajudicial efectuará el pago por la suma de S/ 75,000.00 (Setenta y Cinco Mil con 00/100 soles) en el que está incluido el IGV y cualquier otro impuesto de Ley correspondiente a la Orden de Compra N° 4503936363, referente a la Adquisición de equipos de protección personal para el Centro de Atención y Aislamiento Temporal Villa Panamericana.
b) La Empresa renuncia de manera expresa a todo monto económico que derive del pago de indemnización, intereses legales, costos del procedimiento concillatorio, lucro cesante, entre otros, que puedan generar
un menoscabo a los intereses de la Entidad, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
c) La Empresa renuncia a iniciar y/o continuar con cualquier tipo de acción Judicial, Arbitral, Conciliatoria o de cualquier otra índole en contra de la Entidad, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en coordinación con el secretario técnico del Régimen Disciplinario, efectúe en el ámbito de sus competencias las acciones concernientes al deslinde de responsabilidades, por no haber procedido conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en coordinación con la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones efectúen la publicación del Acta de Conciliación en el Portal de Transparencia de ESSALUD.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al servidor autorizado y a la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos.
a) La Entidad, en una sola armada, dentro del plazo de 15 días calendario de suscrita el Acta de Conciliación Extrajudicial efectuará el pago por la suma de S/ 75,000.00 (Setenta y Cinco Mil con 00/100 soles) en el que está incluido el IGV y cualquier otro impuesto de Ley correspondiente a la Orden de Compra N° 4503936363, referente a la Adquisición de equipos de protección personal para el Centro de Atención y Aislamiento Temporal Villa Panamericana.
b) La Empresa renuncia de manera expresa a todo monto económico que derive del pago de indemnización, intereses legales, costos del procedimiento concillatorio, lucro cesante, entre otros, que puedan generar
un menoscabo a los intereses de la Entidad, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
c) La Empresa renuncia a iniciar y/o continuar con cualquier tipo de acción Judicial, Arbitral, Conciliatoria o de cualquier otra índole en contra de la Entidad, que se encuentre vinculada directa o indirectamente a los hechos materia de la presente controversia.
Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en coordinación con el secretario técnico del Régimen Disciplinario, efectúe en el ámbito de sus competencias las acciones concernientes al deslinde de responsabilidades, por no haber procedido conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Artículo 3.- DISPONER que la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, en coordinación con la Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones efectúen la publicación del Acta de Conciliación en el Portal de Transparencia de ESSALUD.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación de la presente Resolución al servidor autorizado y a la Central de Abastecimiento de Bienes Estratégicos.