Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 222-2018-PE-ESSALUD

22 de marzo de 2018

1. DISPONER la precisión de los numerales 3.4 y 3.5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 125-PE-ESSALUD-2018, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos:

"3.4 DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas elabore, en un plazo de hasta noventa (90) dias hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, los perfiles de los puestos ejecutivos de las Redes Prestacionales en coordinación con los órganos que correspondan, realice las acciones de desplazamiento del personal que resulten necesarias de las Gerencias de Red Desconcentradas y Hospitales Nacionales hacia las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal, según corresponda, y adopte las demás acciones del ámbito de su competencia para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.

3.5 DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto realice, en un plazo de hasta noventa (90) dias hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, la creación de los centros de costos, centros gestores y otros que correspondan de las Redes Prestacionales Rebagliati, Amenara y Sabogal, y adopte las demás acciones del ámbito de su competencia para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución".

DISPONER la modificación del numeral 4 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 125-PE-ESSALUD-2018, el cual quedarà redactado en los siguientes términos:

"4 DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto presente a la Gerencia General en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, el Plan para la implementación de la nueva organización señalada en el segundo numeral de la presente Resolución, el citado Plan deberá ser ejecutado dentro de los noventa (90) días hábiles señalados en los numerales 3.1, 32 y 3.3 del articulo precedente; encargándose a la Gerencia General la aprobación del mismo.

3. PRECISAR que el numeral 8 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 125-PE-ESSALUD-2018, entrará en vigencia una vez culminado el proceso de implementación señalado en su numeral 3.

4. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud -ESSALUD (www.essalud.nob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Esta norma pertenece al compendio Reglamento de Organización y Funciones - ROF

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