Comunicado N° 003 CAS COVID

Informe

4 de abril de 2024

COMUNICADO 03

Informamos sobre importantes actualizaciones en la transición de CAS COVID a CAS regular, aplicables para la segunda etapa de implementación de la Ley Nº 31539:

Solo serán elegibles como beneficiarios del cambio de modalidad de contrato a CAS REGULAR, en el marco de la segunda etapa de implementación de la Ley Nº 31539, los profesionales que laboraron con contrato bajo la modalidad CAS COVID. La ley es enfática en limitar la elegibilidad únicamente a estos profesionales, en reconocimiento a su contribución y roles específicos durante la emergencia sanitaria.
Los trabajadores con vínculo laboral estable vigente con una institución del Estado (según D.L. N° 276, D.L. 728, y CAS indeterminado) no serán elegibles para el cambio de modalidad de contrato CAS regular. Se cruzará información con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Registro Nacional de Personal de la Salud para esta verificación - INFORHUS.

Los trabajadores que ya han sido beneficiados en EsSalud, MINSA o sus organismos públicos, gobiernos regionales, sanidad de las FFAA, PNP y otras entidades del Estado con la Ley N° 31539 y Ley N° 31538, no serán elegibles para el cambio de modalidad de contrato CAS regular.
Es obligatorio que los postulantes cuenten con el SERUM, y demás requisitos establecidos conforme establece la legislación vigente, para ser considerados en la adjudicación de servicios.
Garantizamos un proceso marcado por la equidad y la transparencia.

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Comunicado N° 03

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