Resolución de Gerencia General N.° 000030 - 2025 - EMILIMA - GG
28 de febrero de 2025
Artículo Primero: RECONFORMAR el Comité Evaluador de Documentos de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A., atendiendo a lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF de fecha 20.04.2023, el cual estará integrado de la siguiente manera:
a) La Unidad de Organización de la Alta Dirección (Gerencia General), quien asume la presidencia.
b) El Órgano de Administración de Archivos (OAA), (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información) quien asume la secretaría técnica.
c) La Oficina de Asesoría Jurídica (Gerencia de Asuntos Legales), o quien haga sus veces.
d) La Oficina de Planeamiento (Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización), o quien haga sus veces, de corresponder.
e) La Oficina de Informática (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información), o quien haga sus veces, de corresponder.
f) El responsable del Archivo Central o Archivo Desconcentrado (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información), de corresponder.
g) Las unidades de organización de corresponder.
Artículo Segundo: ESTABLECER que los miembros que conforman el Comité Evaluador deben considerar a lo siguiente:
1. Son miembros permanentes: El Gerente General o su representante, el Gerente de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información o su representante, el Gerente de Asuntos Legales o su representante.
2. El Gerente de Planificación, Presupuesto y Modernización o su representante y el Gerente de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información o su representante deben integrarse en los proyectos y programas estratégicos para el funcionamiento del Sistema Integral de Archivo - SIA.
3. Las unidades de organización deben integrarse en el caso se dé la actualización del Programa de Control de Documentos Archivísticos, el procedimiento de eliminación o por invitación del Comité Evaluador de Documentos sobre el estado situacional de sus archivos y otros.
Artículo Tercero: PRECISAR que el Comité Evaluador de Documentos de EMILIMA S.A. ejerce sus funciones de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA “Norma de Administración de Archivos en las Entidades Públicas”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF de fecha 20 de abril de 2023.
Artículo Cuarto: DEROGAR, la Resolución de Gerencia General Nº 0071-2020-EMILIMAGG de fecha 30.09.2020, a través del cual se conformó el Comité Evaluador de Documentos de EMILIMA S.A., en atención a lo dispuesto en la Guía N° 001-2020-EMILIMA-GACCTI: “Guía para Valoración Documental y Elaboración del Programa de Control de Documentos Archivísticos en la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA S.A.”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 066-2020-EMILIMA-GG de fecha 16 de septiembre de 2020.
a) La Unidad de Organización de la Alta Dirección (Gerencia General), quien asume la presidencia.
b) El Órgano de Administración de Archivos (OAA), (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información) quien asume la secretaría técnica.
c) La Oficina de Asesoría Jurídica (Gerencia de Asuntos Legales), o quien haga sus veces.
d) La Oficina de Planeamiento (Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización), o quien haga sus veces, de corresponder.
e) La Oficina de Informática (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información), o quien haga sus veces, de corresponder.
f) El responsable del Archivo Central o Archivo Desconcentrado (Gerencia de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información), de corresponder.
g) Las unidades de organización de corresponder.
Artículo Segundo: ESTABLECER que los miembros que conforman el Comité Evaluador deben considerar a lo siguiente:
1. Son miembros permanentes: El Gerente General o su representante, el Gerente de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información o su representante, el Gerente de Asuntos Legales o su representante.
2. El Gerente de Planificación, Presupuesto y Modernización o su representante y el Gerente de Atención al Ciudadano, Comunicaciones y Tecnología de la Información o su representante deben integrarse en los proyectos y programas estratégicos para el funcionamiento del Sistema Integral de Archivo - SIA.
3. Las unidades de organización deben integrarse en el caso se dé la actualización del Programa de Control de Documentos Archivísticos, el procedimiento de eliminación o por invitación del Comité Evaluador de Documentos sobre el estado situacional de sus archivos y otros.
Artículo Tercero: PRECISAR que el Comité Evaluador de Documentos de EMILIMA S.A. ejerce sus funciones de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA “Norma de Administración de Archivos en las Entidades Públicas”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF de fecha 20 de abril de 2023.
Artículo Cuarto: DEROGAR, la Resolución de Gerencia General Nº 0071-2020-EMILIMAGG de fecha 30.09.2020, a través del cual se conformó el Comité Evaluador de Documentos de EMILIMA S.A., en atención a lo dispuesto en la Guía N° 001-2020-EMILIMA-GACCTI: “Guía para Valoración Documental y Elaboración del Programa de Control de Documentos Archivísticos en la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA S.A.”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 066-2020-EMILIMA-GG de fecha 16 de septiembre de 2020.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - 2025