Resolución de Gerencia General N.° 000003 - 2022 - EMILIMA - GG

12 de enero de 2022

ARTÍCULO PRIMERO. – Aprobar, el Expediente Administrativo para la baja de los bienes muebles de EMILIMA S.A. al 2020, conforme a los numerales 6.2 y 7.2 de la Directiva N° 008- 2021-EMILIMA-GAF, “Directiva de Altas, Bajas y Actos de Disposición de los Bienes Muebles de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A.”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N°000082-2021-EMILIMA-GG del 05.10.2021, y de acuerdo a los fundamentos contenidos en el Informe N°1575-2021-EMILIMA-GAF-SGLSG del 20.12.2021, el Memorando N°321-2021-EMILIMA-GACCTI del 29.12.2021, el Informe N°001525-2021- EMILIMA-GAF/SGC del 31.12.2021, el Informe N°1650-2021-EMILIMA-GAF-SGLSG del 30.12.2021, el Acta de Sesión N°000001-2021-EMILIMA-CABACD P del 31.12.2022, el Informe N°000002-2022-EMILIMA-GAF/SGLSG del 04.01.2022, y del Informe N°000019-2022-EMILIMAGAL del 11.01.2022, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos. Asimismo, el Expediente Administrativo referido forma parte integrante de la presente Resolución, conteniendo: a) Carta N°0045-2021-4E, de Inversiones E.E.E.E. EIRL, contratista del “Servicio de toma de inventario y elaboración del expediente administrativo para la baja y disposición final de los bienes muebles de EMILIMA S.A. al 2020”, con la siguiente información: - Informe Técnico N°005-2021-I4E. - Anexo N°03 “Formato de ficha de descripción de bienes” - Fichas con imágenes de los bienes a ser dados de baja b) Relación de bienes a dar de baja, según la Cuenta 33 y Cuentas de Orden de los Estados Financieros de EMILIMA S.A. al 31.12.2020. c) Memorando N°321-2021-EMILIMA-GACCTI.
ARTÍCULO SEGUNDO. – Disponer, que la Gerencia de Administración y Finanzas comunique la presente Resolución de Gerencia General a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante su registro en el aplicativo Modulo Muebles SINABIP, en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles, conforme a lo estipulado en los numerales 6.3.3 y 7.2.6 de la Directiva N°008- 2021-EMILIMA-GAF: “Directiva de altas, bajas y actos de disposición de los bienes muebles de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A.”.
ARTÍCULO TERCERO: - Disponer, que los órganos y unidades orgánicas con competencias en la materia cumplan con los procedimientos y plazos establecidos en los numerales 7.2 y 7.3 de la Directiva N°008-2021-EMILIMA-GAF: “Directiva de altas, bajas y actos de disposición de los bienes muebles de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A.”, con respecto a la Baja y Disposición Final de los bienes muebles.

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