Disposiciones de ingreso al Perú desde el 24 de diciembre de 2021

Comunicado

4 de enero de 2022 - 5:30 a. m.

El 24 de diciembre de 2021, entró en vigencia el Decreto Supremo N° 186-2021-PCM, “Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM" (https://bit.ly/3dSpxaE), que entre las principales medidas establece:

-        Prorrogar el Estado de Emergencia hasta el 31 de enero de 2022.

-        Se reitera que toda persona que ingrese a territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, debe acreditar el haber completado su esquema de vacunación contra la COVID-19, en el Perú y/o en el extranjero, catorce (14) días antes de abordar en su punto de origen; en su defecto, se puede presentar una prueba molecular (PCR) negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.

-        Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia. De igual forma, se faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación de la COVID-19, o que hayan realizado escala en estos lugares.

-        Se suspende hasta el 16 de enero de 2021, el ingreso al país de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica y la República de Botsuana; o que hayan realizado escala en dicho lugar en los últimos catorce (14) días. 

-        Los connacionales y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional, provenientes de la República de Sudáfrica y la República de Botsuana, o que hayan realizado escala en dichos lugares, deberán acreditar el haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19 y contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen.

Por otro lado, se recuerda la obligación de completar el formato en línea "Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización" alojado en la página web del Ministerio de Salud (https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/), dentro de las 72 horas previas al viaje. Asimismo, se informa que los pasajeros deben utilizar la protección respiratoria adecuada (doble mascarilla o una mascarilla con gran capacidad de filtración: N95, KN95, FFP2, KF94, etc.).

Berna, 4 de enero de 2021