Requisitos de Ingreso y Salida del Perú
Comunicado
13 de noviembre de 2022 - 11:46 p. m.
El Gobierno peruano ha dispuesto la derrogación del Estado de Emergencia Nacional a causa de la COVID-19 y la obligatoriedad del llenado de la Declaración Jurada de Salud del viajero, mediante el Decreto Supremo N° 130-2022 y la Resolución Ministerial N° 811-2022/MINSA, respectivamente.
En tal sentido, es de resaltar que, tras la emisión de las citadas normativas, al momento de realizar el control migratorio de ingreso y salida del país de toda persona, ya no es necesaria la presentación del carnet de vacunación, de la prueba molecular negativa de COVID-19, o la Declaración Jurada de Salud del Viajero (antes solicitada por el MINSA).
En tal sentido, es de resaltar que, tras la emisión de las citadas normativas, al momento de realizar el control migratorio de ingreso y salida del país de toda persona, ya no es necesaria la presentación del carnet de vacunación, de la prueba molecular negativa de COVID-19, o la Declaración Jurada de Salud del Viajero (antes solicitada por el MINSA).