Reapertura de fronteras terrestres y requisitos de ingreso al Perú

Comunicado

17 de febrero de 2022 - 3:30 p. m.

• El gobierno del Perú ha derogado la norma que suspendía el cierre de fronteras terrestres. Dicha disposición rige a partir del día 14 de febrero de 2022.
• De otro lado, y como se informó en su momento, las autoridades peruanas levantaron la suspensión de ingreso a territorio peruano de extranjeros no residentes procedentes de BRASIL, a partir del día 06 de septiembre de 2021.
• Sobre vuelos directos entre el Perú y Brasil, el viajero deberá contactar a la aerolínea directamente para consultar la frecuencia de vuelos.
• Para CUALQUIER PERSONA que ingrese al Perú, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, se debe acreditar el haber completado la DOSIS DE VACUNA contra la COVID-19 antes de abordar en su punto de origen; o en su defecto, se puede presentar una PRUEBA MOLECULAR negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen.
• Quedan exceptuados de presentar la prueba RT-PCR, los menores de doce años, quienes podrán embarcar si son asintomáticos.
• Los viajeros que ingresen al Perú, al margen de su procedencia o nacionalidad, y que presenten síntomas de COVID-19, deberán realizar aislamiento obligatorio.
• Es obligatorio el uso de doble mascarilla o una mascarilla con gran capacidad de filtración (tipo KN95 o equivalentes) para el embarque, viaje e ingreso al Perú en un vuelo comercial. Quedan exceptuados del uso de mascarilla los niños menores de dos años.
• Es obligatorio llenar la Declaración Jurada de Salud (https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/) dentro de las 72 horas previas al viaje. El registro es individual y cuando se trate de un menor de edad, lo realiza el tutor o persona encargada del viajero. La presentación del documento vía virtual (en PDF o código QR) o impresa, es indispensable para el embarque a cargo de la aerolínea.
• Si posterior al llenado de la Declaración Jurada, el viajero presenta síntomas de la COVID-19, no debe presentarse en el aeropuerto.
• Quienes realicen escala en el Perú, con una permanencia menor a 24 horas, están exceptuados de completar la Declaración Jurada. Deberán presentar prueba RT-PCR o antígenos negativa, solo si el país de destino lo exige.
Puede consultar la norma completa de ingreso al Perú en el siguiente link: 
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-decreto-supremo-n-184-2020-decreto-supremo-n-015-2022-pcm-2038849-6/?fbclid=IwAR2AllxYaJgvG1akYZXW66aW99eLqYs-HGoEvGesAlrggClVpPiE-eEbIk0