Resolución N.° 000075-2025-EMAPE/GCI

31 de diciembre de 2025

RECTIFICAR el error material incurrido en la parte considerativa de la Resolución N° 059-2025-EMAPE/GCI, de fecha 12 de diciembre de 2025, debiendo ser la correcta redacción del mismo, lo siguiente: En el octavo y noveno párrafo del considerando Dice: “(…) sentido de Norte a Sur (…)” 1Juan Carlos Morón Urbina – Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General, “Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Tomo II”, 12º edición – Editorial Gaceta Jurídica, pág. 145 2Ibídem, 144. 3GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo y Fernández, Tomás-Ramón. Curso de Derecho Administrativo.12°edición, Civitas, Madrid, 2004, p. 667. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A., aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.emape.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MRUTSOB Debe decir: “(…) sentido de Norte a Sur y de Sur a Norte (…)”
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