Resolución N.° 000041-2025-EMAPE/GCI
13 de noviembre de 2025
RECTIFICAR, el error material contenido en la Resolución N° 000021-2025-EMAPE/GCAF de fecha 02 de junio de 2025, con relación a lo consignado en el artículo primero de la parte resolutiva, quedando redactado de la siguiente manera: Dice: “ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, reducción de prestaciones de la obra “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vehicular y Peatonal en la Av. Pacasmayo y Prolongación Pacasmayo, en el Tramo comprendido entre la Av. Carlos Alberto Izaguirre y la Av. Tantamayo, distrito de San Martín – provincia de Lima – departamento de Lima” con CUI N°2513352, de bajo la siguiente estructura: (….) Con la Reducción de Prestaciones el monto del Contrato N°041-2024 EMAPE/GCAF quedaría reducido al monto de S/ 1,575,873.30 soles, por tanto, no requiere del incremento de la carta de fiel cumplimiento.” y Debe Decir: “ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR, reducción de prestaciones de la obra “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vehicular y Peatonal en la Av. Pacasmayo y Prolongación Pacasmayo, en el Tramo comprendido entre la Av. Carlos Alberto Izaguirre y la Av. Tantamayo, distrito de San Martín – provincia de Lima – departamento de Lima” con CUI N°2513352, de bajo la siguiente estructura: (…) Con la Reducción de Prestaciones el monto del Contrato N°011-2025-EMAPE/GCAF quedaría reducido al monto de S/ 1,575,873.30 soles, por tanto, no requiere del incremento de la carta de fiel cumplimiento.”
