Solicitud de Acceso a la Información
Artículo
21 de octubre de 2024
Las entidades de la Administración Pública tienen la obligación de proveer, conforme al Articulo 10° del Texto único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotográficos, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que haya sido creado u obtenido por ello o que se encuentre en su posesión o bajo su control.
Ud. puede solicitar esta información mediante el Formato de Solicitud de Acceso a la Información o de forma digital a través del siguiente enlace Formulario Digital
La solicitud de información deberá ser atendida en un plazo no mayor a 7 días útiles a la fecha de presentación.
El responsable de la entrega de información es:
Titular:
Abg. Natalia Ráez Casabona
Ing.Orison Carlos Leveau Luján
Los costos de reproducción de la información según el TUPA son: Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA.
Cabe precisar que, conforme al Articulo 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, la solicitud de información no implica la obligación de las entidades de la Administración Pública de crear o producir información con la que no cuente o no tenga obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. (...) Esta ley tampoco permite que los solicitantes exijan a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean.