Declaración de Impacto Ambiental
Nota de prensaSe comunica a la ciudadanía en general que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 016-2023-EM


19 de junio de 2025 - 2:15 p. m.
Se comunica a la ciudadanía en general que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 016-2023-EM (norma que aprueba el Reglamento de Participación Ciudadana para la realización de Actividades Eléctricas), y, tal como lo considera el artículo 17 de la presente norma, corresponde la publicación de la presente comunicación digital, con el cual se pone a disposición de la ciudadanía en general de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “MEJORAMIENTO DE LAS LÍNEAS
PRIMARIAS, REDES PRIMARIAS, REDES SECUNDARIAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL ALIMENTADOR A4712 Y A4713 DEL SERVICIO ELÉCTRICO YAULI LA OROYA”, con el objetivo que este uso de comunicación virtual el Titular ponga en conocimiento de la población involucrada del estudio ambiental con la finalidad de promover su participación ciudadana brindando aportes, comentarios, sugerencias u observaciones al estudio ambiental.
Ubicación
Distritos: Yauli y La Oroya
Provincia: Yauli
Departamento: Junín
TITULAR: Electrocentro S.A
La versión electrónica de la Declaración de Impacto Ambiental se puede consultar en el siguiente enlace web:
https://fonafegob-
my.sharepoint.com/:f:/g/personal/ecastroq_distriluz_com_pe/EvnwlUj1EFNAqCJXcCod9dU
B1jbwNkFvbXJp7Sy_uVttLg?e=p50xVZ
Los comentarios u observaciones a la Declaración de Impacto Ambiental los podrán hacer en los siguientes correos institucionales de Electrocentro:
- aparionaa@distriluz.com.pe
- mesapartesELECTRO@distriluz.com.pe
El plazo límite para formular aportes, comentarios sugerencias u observaciones para el Estudio Ambiental del proyecto Eléctrico es de diez (10) días hábiles (Desde el 23 de junio hasta el 07 de julio del 2025) luego de publicado el presente comunicado digital a
los ciudadanos que comprenden el área de influencia del proyecto.
Los interesados podrán solicitar una copia física de la Declaración de Impacto ambiental a la Dirección Regional de Energías y Minas, de conformidad con el Texto Único Ordenado
de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003- PCM y el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso
a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control.
PRIMARIAS, REDES PRIMARIAS, REDES SECUNDARIAS Y CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL ALIMENTADOR A4712 Y A4713 DEL SERVICIO ELÉCTRICO YAULI LA OROYA”, con el objetivo que este uso de comunicación virtual el Titular ponga en conocimiento de la población involucrada del estudio ambiental con la finalidad de promover su participación ciudadana brindando aportes, comentarios, sugerencias u observaciones al estudio ambiental.
Ubicación
Distritos: Yauli y La Oroya
Provincia: Yauli
Departamento: Junín
TITULAR: Electrocentro S.A
La versión electrónica de la Declaración de Impacto Ambiental se puede consultar en el siguiente enlace web:
https://fonafegob-
my.sharepoint.com/:f:/g/personal/ecastroq_distriluz_com_pe/EvnwlUj1EFNAqCJXcCod9dU
B1jbwNkFvbXJp7Sy_uVttLg?e=p50xVZ
Los comentarios u observaciones a la Declaración de Impacto Ambiental los podrán hacer en los siguientes correos institucionales de Electrocentro:
- aparionaa@distriluz.com.pe
- mesapartesELECTRO@distriluz.com.pe
El plazo límite para formular aportes, comentarios sugerencias u observaciones para el Estudio Ambiental del proyecto Eléctrico es de diez (10) días hábiles (Desde el 23 de junio hasta el 07 de julio del 2025) luego de publicado el presente comunicado digital a
los ciudadanos que comprenden el área de influencia del proyecto.
Los interesados podrán solicitar una copia física de la Declaración de Impacto ambiental a la Dirección Regional de Energías y Minas, de conformidad con el Texto Único Ordenado
de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003- PCM y el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso
a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control.