Resolución de Gerencia General N.° 046-2024-DV-GG

2 de abril de 2024

Artículo 1°.- APROBAR la creación de la siguiente unidad funcional que conforma la estructura funcional de la Gerencia General: Unidad Funcional de Integridad Institucional

Artículo 2°.- De la Unidad Funcional de Integridad Institucional. La Unidad Funcional de Integridad Institucional es una unidad de administración interna, dependiente de la Gerencia General, encargada de promover y desarrollar acciones que fortalezcan la integridad y la honestidad en el comportamiento del personal de la institución, así como de detectar riesgos de corrupción a efectos de proponer mejoras en los controles de los procesos institucionales.

Artículo 3°.- Funciones de la Unidad Funcional de Integridad Institucional. Son funciones de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, las siguientes:
a) Recibir, trasladar, realizar el seguimiento y sistematización de las denuncias por actos de corrupción; así como, de las solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción, según corresponda.
b) Evaluar los hechos y documentos que sustentan las denuncias sobre actos de corrupción; y, en tal sentido, disponer la aplicación de las medidas de protección al denunciante o testigos, según corresponda.
c) Evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer las medidas correspondientes.
d) Trasladar la denuncia y los documentos que la sustentan a la Secretaría Técnica encargada de pre-calificar las presuntas faltas disciplinarias de la entidad o quien ejerza dicha función conforme a la normativa correspondiente, al Órgano de Control Institucional o al Procurador Público, de ameritarlo.
e) Coordinar con la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces de la entidad a la que pertenece el contenido de las capacitaciones de personal en materias relacionadas a la probidad en el ejercicio de la función pública.
f) Participar y conducir el proceso que conlleva a la aprobación de acciones de integridad y lucha contra la corrupción de su entidad, así como hacer seguimiento a su cumplimiento.
g) Apoyar a la máxima autoridad administrativa en la implementación del Sistema de Control Interno; así como a los órganos y unidades orgánicas en la identificación y gestión de riesgos de corrupción.
h) Conducir la gestión de riesgos que afectan la integridad pública, en coordinación con la máxima autoridad administrativa y los órganos y unidades orgánicas de la entidad.
i) Proponer ante la máxima autoridad administrativa de la entidad el programa de integridad y lucha contra la corrupción; así como supervisar su cumplimiento.
j) Articular con la Secretaría de Integridad Pública la implementación del Modelo de Integridad en su entidad.
k) Proponer la incorporación de objetivos y acciones de integridad en los planes estratégicos de la entidad.
l) Implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra la corrupción, así como supervisar su cumplimiento.
m) Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente de transparencia, gestión de intereses y conflicto de intereses.
n) Coordinar con la máxima autoridad administrativa y los demás órganos o unidades orgánicas de la entidad, la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del sistema de control interno.
o) Coordinar e implementar el desarrollo de actividades de capacitación en materia de ética pública, transparencia y acceso a la información pública, gestión de intereses, conflicto de intereses, control interno y otras materias vinculadas con la integridad y lucha contra la corrupción.
p) Recibir, evaluar, derivar las denuncias que sobre supuestos actos de corrupción se reciban a través de los mecanismos habilitados por la entidad, asegurando la reserva de información cuando corresponda; asimismo, realiza el seguimiento y sistematización de la información relativa a la atención de denuncias.
q) Otorgar las medidas de protección al denunciante o testigos cuando corresponda.
r) Orientar y asesorar a los servidores civiles sobre dudas, problemas éticos, situaciones de conflicto de interés, así como sobre los canales de denuncias y medidas de protección existentes en la entidad y otros aspectos en materia de integridad.
s) Monitorear la implementación del modelo de integridad en la entidad; y,
t) Aquellas que por mandato normativo y en razón de la materia o especialidad le sean asignadas.

Artículo 4°.- APROBAR para efectos de la creación de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, el Organigrama Estructural de la Gerencia General de DEVIDA que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- APROBAR las siglas de identificación de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, conforme a su denominación:
Denominación Siglas
Unidad Funcional de Integridad Institucional UFII

Artículo 6°.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Gerencia General N° 00031-2020-VD-GG de la Gerencia General de fecha 12 de febrero de 2020, que delegó en el/la Jefe de la Unidad de Recursos Humanos (ahora Ejecutivo de la Unidad de Recursos Humanos), las "Funciones de integridad en el ámbito institucional", contenidas en el numeral 6.2 de la Directiva N° 001-2019-PCM/SIP, aprobada con Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP; y, las funciones del numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2017-JUS y modificado por Decreto Legislativo N° 002-2020-JUS.


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