Defensoría del Pueblo hace un llamado a la no violencia en movilizaciones públicas

Declaración
La protesta social es un derecho fundamental que le permite a las personas expresarse libremente en los espacios públicos, con la finalidad de comunicar su desacuerdo, insatisfacción o molestia con alguna decisión o un estado de cosas considerado como perjudicial a sus intereses, o contrario a sus ideas o creencias.

Fotos: propia de la Defensoría Pueblo

4 de diciembre de 2023 - 1:11 p. m.

Frente al anuncio de movilizaciones públicas para los días 7, 8 y 9 de diciembre en Lima y en regiones, como Puno, Ayacucho, Cusco, entre otras, la Defensoría del Pueblo se dirige a la ciudadanía y a las autoridades para señalar lo siguiente:

  1. La protesta social es un derecho fundamental que le permite a las personas expresarse libremente en los espacios públicos, con la finalidad de comunicar su desacuerdo, insatisfacción o molestia con alguna decisión o un estado de cosas considerado como perjudicial a sus intereses, o contrario a sus ideas o creencias. En un sistema democrático la protesta evidencia la existencia de problemas no resueltos y genera oportunidades de cambio. La condición indispensable para que esta sea legítima es que se haga mediante medios pacíficos.
  2. Teniendo en consideración los lamentables hechos ocurridos en diciembre de 2022 y los primeros meses del presente año, donde perdieron la vida civiles y miembros de las fuerzas del orden, y hubo heridos de gravedad; los convocantes y participantes en las marchas deben velar permanentemente porque la manifestación sea pacífica, identificando, separando y denunciando a los sujetos violentos. Asimismo, es urgente que el Ministerio Público informe a la opinión pública y a los familiares de las víctimas, acerca del estado de las investigaciones por estos trágicos hechos, en el marco del cumplimiento de los plazos y protocolos de ley.
  3. En cuanto al papel de las fuerzas policiales, les corresponde garantizar el desarrollo de movilizaciones pacíficas, respetando estrictamente los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza. De acuerdo a la ley existen manuales operativos, su intervención debe ser gradual, pudiendo hacer uso máximo de la fuerza solo en circunstancias excepcionales luego de haber agotado otras formas de control del orden.
  4. Nuestra institución, en el marco de su mandato constitucional, supervisará el desarrollo de las movilizaciones en todo el territorio nacional. Asimismo, exhortamos al Ministerio Público y a todas las instituciones públicas competentes a cumplir con su deber de proteger los derechos fundamentales de todos los ciudadanos y ciudadanas.