Trabajadoras o trabajadores del hogar que laboren hoy tienen derecho al pago de dos remuneraciones diarias adicionales

Nota de prensa
En el Día Internacional de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar se precisa que, en el Perú, esta fecha es considerada feriado no laborable y remunerado para quienes desempeñan dicha función.
Fotografía

Fotos: Defensoría del Pueblo

30 de marzo de 2024 - 8:30 a. m.

Al conmemorarse hoy el Día Internacional de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, la Defensoría del Pueblo resalta la importancia de garantizar el cumplimiento de los derechos de quienes desempeñan este importante trabajo en los hogares. En ese sentido, recalca que este día se encuentra reconocido como feriado no laborable y remunerado por lo que, si se realiza alguna labor, deberá considerarse el pago de dos remuneraciones diarias adicionales a la remuneración mensual.

La Defensoría del Pueblo recuerda que este derecho se encuentra establecido en la Ley 31047, aprobada en el año 2020. En esa línea, si laboran en esa fecha e incumplen con el pago correspondiente, se considera una infracción muy grave que puede ameritar la intervención de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Entre otros derechos, se recuerda también que los contratos de trabajadoras o trabajadores del hogar deben ser celebrados por escrito y registrados en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Asimismo, que el salario mensual debe ser establecido entre las partes y nunca podrá ser menor a la remuneración mínima vital; y que la edad mínima para realizar el trabajo del hogar es de 18 años.

Entre otros derechos, la Defensoría del Pueblo recuerda también que la jornada de trabajo de una trabajadora o trabajador del hogar no puede ser superior a ocho horas diarias o a 48 horas semanales y que debe garantizarse el derecho a un descanso anual remunerado de 30 días calendario. Asimismo, que quienes desempeñan dicha función tienen derecho a dos gratificaciones anuales por fiestas patrias y Navidad, al pago de la CTS y al acceso al seguro de salud social, así como al abono de los aportes correspondientes para garantizar el pago de una pensión por jubilación.

Cabe indicar que, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) de 2020, en el Perú había 244 726 personas que desempeñaban la función de trabajo del hogar, de las cuales más del 95 % eran mujeres. No obstante, se estima que el 86,9 % trabajan de manera informal, que 4 de cada 10 trabajaba más de 48 horas a la semana y la mitad recibía mensualmente menos de una remuneración mínima vital.

Ante estas graves desigualdades, la Defensoría del Pueblo, en su calidad de integrante de la Mesa de trabajo para promover el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y trabajadores del hogar, viene impulsando la labor de sus 40 oficinas y módulos descentralizados para que promuevan y participen en espacios de articulación con sectores públicos competentes en la materia y representantes de sindicatos de las trabajadoras y trabajadores del hogar de sus regiones, con el objetivo de promover y defender los derechos laborales de este sector de la población.

Mediante esta labor se busca que las trabajadoras y trabajadores del hogar conozcan sus derechos y los mecanismos que existen para denunciar cualquier caso de hostigamiento sexual, violencia, tratos discriminatorios o cualquier situación de vulneración de derechos que pueda ocurrir al interior de los hogares.