Defensoría del Pueblo solicita a municipalidades de Moquegua mayor compromiso en la lucha contra la violencia hacia mujeres

Nota de prensa
Mayoría de municipios en la región no cuenta con instancias de concertación para articular acciones en defensa de los derechos de las mujeres.
Fotografía

Fotos: Defensoría del Pueblo

8 de agosto de 2023 - 10:34 a. m.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Moquegua demandó a 10 municipalidades distritales y a las tres provinciales de la región mostrar un verdadero compromiso en la lucha contra la violencia hacia las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Ello tras verificar que solo ocho municipios cuentan con su instancia distrital de concertación para la erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.

En efecto, la sede defensorial pudo verificar que los municipios distritales de Puquina, San Cristóbal, Coalaque, Yunga, Cuchumbaya, Chojata, La Capilla, Lloque, Quinistaquillas y Matalaque; así como las municipalidades provinciales de Mariscal Nieto, General Sánchez Cerro e Ilo no han gestionado la creación de las referidas instancias, a fin de promover la atención oportuna y articulada de casos y la prevención de los mismos.

Al respecto, el jefe de la Oficina Defensorial de Moquegua, Manuel Amat, recordó que, según información del MIMP, de enero a junio de 2023 los CEM de la región atendieron 877 casos. De esta cifra, 428 corresponden a violencia física, 335 violencia psicológica, y 112 violencia sexual.

Ante ello, y en el marco de la Ley n.° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, la sede defensorial de Moquegua recomendó a estas municipalidades provinciales y distritales crear sus instancias de concertación en el más breve plazo posible y aprobar sus planes de trabajo para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

En este sentido, se debe recordar que las obligaciones de crear, instalar, convocar y dirigir estas instancias recaen directamente en las y los alcaldes distritales y provinciales, acorde con la Ley n.o 31439. Esta norma modificó la Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo como una causal de suspensión del cargo de alcalde o alcaldesa, el incumplimiento de estos mandatos relacionados con las instancias de concertación.

El representante de la Defensoría del Pueblo añadió que entre las principales funciones de este grupo de trabajo están las de implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres, y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital y provincial, respectivamente, promover el cumplimiento de la Ley 30364 y promover el cumplimiento del protocolo base de actuación en las instituciones públicas y distrital.

Finalmente, Amat destacó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en San Antonio, que se suma a las ya creadas en las comunas de Samegua, El Algarrobal, Pacocha, Torata, Ubinas, Ichuña y Carumas.