Comunicado sobre restricciones en la ciudad de Lima
Nota de prensa
Fotos: Defensoría del Pueblo
19 de julio de 2023 - 10:07 a. m.
Ante las restricciones que se estarían realizando en la ciudad de Lima, en aplicación de normas municipales que disponen la intangibilidad de determinadas circunscripciones territoriales, la Defensoría del Pueblo señala lo siguiente:
- Por regla general, las protestas se presumen pacíficas y, por tanto, no deben ser criminalizadas por actos aislados de violencia (Observación General 37 del Comité de DD. HH. de Naciones Unidas). Si bien pueden establecerse medidas de restricción atendiendo a cada caso concreto, estas siempre debe obedecer a causas válidas, objetivas y razonables.
- En la misma línea, en la sentencia 4677-2004-PA, el Tribunal Constitucional estableció como precedente vinculante para todas las entidades públicas que, de conformidad con el artículo 2.12 de la Constitución, en ningún caso el ejercicio del derecho de reunión puede ser sometido a autorización previa de una autoridad.
- La autorización para interferencia de vías a la que se refiere la Ordenanza 1380-2013-MML no resulta aplicable para la realización de manifestaciones y reuniones pacíficas realizados en la vía pública con carácter político, o protestas por la gestión de cualquier entidad pública, como la misma Ordenanza precisa en su artículo 48. En ese sentido, las autorizaciones están previstas para eventos deportivos, culturales, comerciales, etcétera.
- Dentro de las competencias de los gobiernos regionales y locales no se ha contemplado en la Constitución ni en la Ley Orgánica de Municipalidades la competencia de declarar zonas de intangibilidad. Posición que también ha asumido el Tribunal Constitucional en la sentencia 0043-2004-AI/TC.
- Para el cumplimiento de sus funciones orientadas a garantizar la seguridad y la protección de bienes públicos y privados, los gobiernos locales pueden adoptar otras medidas que salvaguarden el ejercicio debido de las libertades de expresión y reunión.
La Defensoría del Pueblo, en el marco de su mandato constitucional, continuará supervisando el desarrollo de las manifestaciones para garantizar los derechos de la ciudadanía en general.