Defensoría del Pueblo reitera a efectivos de comisaría de Pacayzapa obligación de tramitar a tiempo medidas de protección a favor de víctima

Nota de prensa
Tras caso ocurrido a inicios del mes, en que una mujer con muestras visibles de violencia fue retornada a su domicilio sin la atención debida.
Representante de la Defensoría del Pueblo en supervisión a Comisaría de Pacayzapa

27 de junio de 2023 - 10:16 a. m.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en San Martín remitió un informe a la Comisaría de Pacayzapa, en el distrito de Jepelacio, en el que se detallan los graves errores en los que incurrió el personal de dicha dependencia al no haber atendido de manera diligente a una mujer que era maltratada por su madre, pese a las muestras evidentes de lesiones y golpes que la víctima presentaba en diversas partes de su cuerpo.

En efecto, fue el pasado 7 de junio en que la mujer de 26 años acudió al Centro de Salud de La Huarpía con muestras de golpes y lesiones en todo el cuerpo que evidenciaban un hecho de violencia. Sin embargo, a pesar de estas circunstancias y luego que el caso fuera comunicado a la Comisaría de Pacayzapa, el personal de esta sede policial se limitó a levantar un acta en el que se consignaban los hechos, disponiendo el retorno de la víctima a su domicilio amparándose en su negativa a interponer denuncia alguna.

Fue la intervención de la Oficina Defensorial de San Martín, en coordinación con el Centro Emergencia Mujer (CEM) de la Comisaría de Uchuglla, lo que permitió el traslado de la víctima y de sus hijos a un hogar de refugio temporal, en el que se encuentran actualmente. Además, fue debido a esta intervención que se pudieron activar los mecanismos de protección a su favor.

Al respecto, la jefa de la sede defensorial en San Martín, Janet Álvarez, se refirió a la normativa vigente según la cual las medidas de protección a favor de las víctimas de violencia deben ser dictadas en un plazo no mayor a 24 horas posteriores al momento en que se conocen los hechos.

En el documento dirigido al titular de la Comisaría de Pacayzapa, la representante de la Defensoría del Pueblo precisó que la policía debe comunicar de oficio los hechos de violencia que conozcan, para que el juzgado correspondiente dicte las medidas de protección oportunamente. Por ello, remarcó la obligación que tiene el personal policial de diligenciar el informe con celeridad, independientemente de la decisión de la víctima de denunciar el hecho, más aún si se tienen a la vista muestras evidentes de violencia física.

En este punto, la representante de la Defensoría del Pueblo hizo referencia al reglamento de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que establece que las comisarías están obligadas a recibir, registrar y tramitar las denuncias sobre actos o conductas de violencia hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar, independientemente de su especialidad.

En ese sentido, tras advertir las deficiencias que se dieron en la atención oportuna a la víctima, la sede defensorial pidió a la dependencia policial la adopción de medidas correctivas inmediatas para evitar situaciones similares a futuro, que incluyan una supervisión permanente de la labor que realiza el personal policial. Cabe indicar que, de manera paralela a este informe, la sede de la Defensoría del Pueblo y el CEM de la Comisaría de Uchuglla organizó un conjunto de charlas de capacitación dirigidas a cerca de 18 efectivos de la Comisaría de Pacayzapa sobre diversos aspectos contenidos en la Ley 30364. Ambas charlas tuvieron como objetivo recordar los flujos de atención a las víctimas de violencia, con ejemplos en cada caso.