Defensoría del Pueblo: INPE debe registrar, investigar y sancionar casos de violencia y discriminación a personas LGBTI privadas de libertad
Nota de prensa• Institución recabó información de 23 centros de penitenciarios y entrevistó a 43 personas LGBTI privadas de libertad.

24 de abril de 2023 - 9:36 a. m.
La necesidad de implementar un registro de casos de violencia hacia personas LGBTI privadas de libertad planteó el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) de la Defensoría del Pueblo al Instituto Nacional Penitenciar (INPE), en atención a los resultados de una supervisión efectuada a 23 centros de reclusión durante 2022.
También es necesario aprobar una directiva interna incluyendo la prohibición de sancionar sobre la base del género u orientación sexual, prohibición de cualquier terapia o tratamiento destinada a suprimir o modificar la identidad u orientación sexual de las personas que están recluidas, se indica en el informe Condiciones de internamiento de las personas LGBTI en 23 cárceles del Perú: Análisis y recomendaciones para prevenir la tortura y los malos tratos.
“No menos importante resulta garantizar que las personas LGBTI privadas de libertad, en especial aquellas que tengan parejas dentro del mismo establecimiento penitenciario, tengan acceso a la visita íntima, en igualdad de condiciones que las demás internas e internos sin discriminación por su orientación sexual, identidad o expresión de género”, dijo el director del MNPT, Porfirio Barrenechea.
Al mismo tiempo se ha planteado al INPE establecer un protocolo de aplicación obligatoria para todo el personal penitenciario, en el que se regule el procedimiento para el registro e ingreso de las personas LGBTI que lleguen de visita a los establecimientos penitenciarios, que se respete la dignidad e integridad de la persona, la identidad y expresión de género, garantizando la prohibición de cualquier acto vejatorio, humillante o degradante.
Barrenechea indicó, además, que se ha planteado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) que, en amparo de su derecho a presentar iniciativas legislativas, plantee una para modificar el Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal aprobado por D. S. n.° 003-2021-JUS y su Reglamento, de tal forma que se pueda reconocer a la población LGBTI el acceso a la visita íntima como un derecho y no como un beneficio penitenciario.
El informe en su totalidad, podrá encontrarlo en siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2023/04/CONDICIONES-DE-INTERNAMIENTO-DE-LAS-PERSONAS-LGBTI-EN-23-C%C3%81RCELES-DEL-PER%C3%9A.pdf.