Defensoría del Pueblo constató que local de servicio de medicina física y rehabilitación de EsSalud Taropoto no es accesible

Nota de prensa
Se instó a director del nosocomio a retornar servicio a su lugar de origen o que se reubique en una sede que tenga accesibilidad para personas con discapacidad y adultos mayores.
Fotografía

Fotos: Defensoría del Pueblo

9 de febrero de 2023 - 11:21 a. m.

Luego de verificar que el nuevo local donde funciona el servicio de medicina física y rehabilitación del Hospital EsSalud Tarapoto no cumplía con las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad y para las personas adultas mayores, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Tarapoto instó al director de dicho nosocomio a evaluar el retorno de este servicio a su lugar de origen.

Del mismo modo, se le solicitó que, en caso contrario, se reubique el servicio de medicina física y rehabilitación a un local que brinde todas las condiciones de accesibilidad y ubicación, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley n.° 29973 – Ley General de Personas con Discapacidad, y la Norma Técnica A.120 – ‘Accesibilidad Universal en Edificaciones’.

Asimismo, se le pidió al Hospital de EsSalud Tarapoto que reprograme la atención de las personas usuarias que habían sido citadas para el pasado 6 de febrero, debido a que no se las atendió porque la nueva sede está habilitándose.

La inspección se efectuó el 6 de febrero tras una queja presentada al módulo defensorial por un paciente, adulto mayor y con discapacidad física, quien señaló que el nuevo local no reunía las condiciones de accesibilidad para personas en su condición, pues tuvo dificultad para subir las escaleras, ya que no tenía dónde apoyarse y tampoco había barandas. Este ciudadano, además, fue uno de los que no pudo ser atendido en dicha fecha.

En esta supervisión se constató, en efecto, que el local no cumple con las condiciones de accesibilidad conforme a la Norma A.120 – ‘Accesibilidad Universal en Edificaciones’ del Reglamento Nacional de Edificaciones. Por lo tanto, los diferentes niveles que presentan la infraestructura y su ubicación constituyen un riesgo latente para las personas con discapacidad, adultas mayores o personas usuarias que encuentren barreras para su desplazamiento o movilidad.

Asimismo, existen 3 servicios higiénicos que no brindan las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad. Tal es así, que las sillas de ruedas no pueden ingresar por las puertas de acceso; además, no cuentan con barras de apoyo; y los lavatorios, no cuentan con un espacio que permita la aproximación de una persona en sillas de ruedas.

Por ello, se pidió que se garantice las condiciones mínimas de accesibilidad en la prestación del servicio de medicina física y rehabilitación, teniendo en cuenta el diseño de los ambientes, rutas accesibles, ingresos, puertas, consultorios, rampas, gradas, mobiliario, servicios higiénicos, entre otros espacios.

Otro hecho preocupante que se detectó fue la falta de coordinación entre la administración que decidió el cambio del local con el personal del módulo de citas, pues programaron la atención de personas usuarias para el día a 6 de febrero, cuando el servicio aún no se encontraba operativo, pues durante la supervisión se advirtió herramientas, materiales y personal que se encontraba realizando diferentes instalaciones como el cableado e instalación de mobiliario.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo, en su rol de Mecanismo Independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, exhorta a las autoridades de las distintas instancias a cargo de los servicios de salud a garantizar la accesibilidad, disponibilidad, aceptabilidad y calidad de los establecimientos, en cumplimiento de sus obligaciones.