Defensoría del Pueblo interviene en caso de abogada pública acusada de inconducta ética en Chiclayo
Nota de prensaLetrada pidió préstamo a ciudadana a quien representaba, por lo que se solicitó el inicio de proceso administrativo disciplinario en su contra.

Fotos: Defensoría del Pueblo
12 de diciembre de 2022 - 4:55 p. m.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Lambayeque pidió a la sede de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia en esta región iniciar una investigación sobre presuntas conductas irregulares en que habría incurrido una abogada pública adscrita a dicha entidad, luego que fuera acusada de haber solicitado un préstamo a una usuaria a quien representó en un proceso judicial con sentencia favorable.
De acuerdo a la queja presentada ante la oficina defensorial ubicada en Chiclayo, la demanda civil tuvo como objetivo garantizar que la hija de la demandante, quien sufre de discapacidad mental, tuviera derecho a percibir la pensión que le correspondía a su difunto padre. El caso fue resuelto por el Poder Judicial, que autorizó que la usuaria accediera al beneficio pensionario a favor de su hija. No obstante, faltaba que el órgano judicial emitiera la resolución y la notificara al Banco de la Nación.
Fue en esta fase del proceso que la abogada de oficio se comunicó a través de WhatsApp con la ciudadana, a quien solicitó un préstamo de 300 soles indicándole que aún no cobraba su remuneración. Ante la situación de desconcierto y negativa por parte de la usuaria, la abogada le indicó que fuera ella misma a tramitar el documento que le permita la autorización de cobro de la pensión a favor de su hija.
Para el jefe de la Oficina Defensorial de Lambayeque, Julio Hidalgo, la acción de la defensora pública, de requerir un beneficio económico a una usuaria del sistema de justicia, no se ajusta a la conducta ética que debe seguir como servidora pública. Además, sostuvo que se debe priorizar siempre el interés público por encima de los intereses particulares más aún en el caso de la personas en situación de vulnerabilidad que solicitan los servicios de defensa pública.
A raíz de ello, en un documento remitido al director de la sede de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia en Lambayeque, el representante de la Defensoría del Pueblo de esta región recordó que la Ley del Código de Ética de la Función Pública dispone que es deber de las/los servidoras/es públicas/os desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral. Asimismo, precisó que el Código de Comportamiento Ético del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos prohíbe al personal de esta entidad recibir o solicitar algún estipendio, honorario u otro tipo de retribución económica.
Tras hacer hincapié en estos puntos, Hidalgo exhortó al titular de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lambayeque, Jorge Manuel Puicón, a recabar la información necesaria para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario que permita establecer o descartar la responsabilidad administrativa de la abogada, quien habría incurrido en falta contra el ejercicio de la función pública. Asimismo, como parte de las recomendaciones, se solicitó al funcionario la difusión oportuna de las normas que rigen el desempeño de la función pública entre el personal de la entidad a su cargo.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Lambayeque se mantendrá atenta al resultado de la investigación administrativa y a la supervisión permanente que desarrolle la entidad sobre la conducta ética de las/los defensoras/es públicas/os de esta región, a fin de garantizar el adecuado servicio y respeto de los derechos de la comunidad.