Defensoría del Pueblo: Estado debe garantizar la afiliación al SIS de las personas migrantes con VIH

Nota de prensa
Las personas migrantes que viven con VIH no pueden acceder al SIS si no tiene la calidad migratoria de residente.
Pieza gráfica

Fotos: Defensoría del Pueblo

1 de diciembre de 2022 - 4:43 p. m.

La Defensoría del Pueblo solicitó al Ministerio de Salud (Minsa) evaluar las restricciones de las personas migrantes que viven con VIH, y no tienen la condición de residentes, para su afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS), así como elaborar una propuesta legislativa que contribuya a superar esta barrera económica prevista en la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, Ley n.° 29344.

Esta solicitud la realizó tras advertir que las personas migrantes con VIH no pueden ser afiliadas al SIS debido a una barrera legal que les impide acceder al financiamiento de las atenciones que requieren, mientras no tengan la calidad migratoria de residente. Si bien este grupo recibe tratamiento antirretroviral de manera gratuita, requieren de otras atenciones para un abordaje integral de la enfermedad, como son interconsultas y exámenes a las cuales no puede acceder sino cuentan con recursos económicos.

A través de un oficio remitido a la ministra de Salud, la institución recomendó que se elabore un proyecto de ley para superar la barrera económica que afecta a un grupo especialmente vulnerable, como son las personas migrantes con VIH. Asimismo, reconoció que la discusión debe pasar por el Congreso de la República; sin embargo, la iniciativa debe ser propuesta y liderada por el Minsa.

La Defensoría del Pueblo recordó que en el país, según el Minsa, viven 91 000 personas con VIH, el 51 % de los casos diagnosticados tienen entre 20 – 34 años, el 58 % de los casos se concentran en Lima y Callao.

Asimismo, a propósito del Día Mundial del Sida, la institución también recordó que aún persisten los problemas de estigma y discriminación para las personas con VIH; en tal sentido, señaló la importancia de promover el respeto de sus derechos, como la reserva de su diagnóstico, su derecho al trabajo y del carácter voluntario de la prueba, salvo las excepciones previstas en la Ley.